La Audiencia Nacional desestima un recurso sobre los Baños del Carmen
El tribunal responde a la sociedad concesionaria del Balneario y mantiene el deslinde marítimo-terrestre de toda la zona

Vista aérea de parte del Balneario del Carmen. / GREGORIO TORRES
ALFONSO VÁZQUEZ
La Audiencia Nacional ha desestimado un recurso contencioso administrativo de la concesionaria de los Baños del Carmen, Parque Balneario Nuestra Señora del Carmen SA, de la que forman parte las constructoras malagueñas Vera y Acha, contra el deslinde los bienes de dominio público marítimo-terrestre, en el tramo comprendido desde el final de la zona de servicio del puerto hasta los Baños del Carmen.
En la sentencia, de 15 de enero de este año y a la que ha tenido acceso La Opinión, la disputa se centraba en si los Baños del Carmen entraban o no en lo dispuesto en una disposición transitoria de la Ley de Costas de 1988, que señala que en los terrenos clasificados como suelo urbano a la entrada en vigor de la ley, la anchura de la servidumbre de protección es de 20 metros tierra adentro, bastante menos de los 100 metros aplicados en suelos no urbanos.
En teoría, en estos 100 metros se prohíbe construir edificaciones destinadas a residencia o habitación, algo que en suelo urbano quedaría reducido a una franja de 20 metros.
La Audiencia Nacional ha desestimado que la zona en cuestión es suelo urbano, como defendía la concesionaria y estima que se trata de una postura que «carece del más mínimo sentido probatorio».
El tribunal recuerda que a la entrada en vigor de la Ley, en 1988, estaba en vigor el PGOU de 1983, en el que estos terrenos aparecen con la calificación de «equipamiento comunitario» y no como suelo urbano. Por todo ello, estima correcto el deslinde marítimo terrestre.
Con esta sentencia la Audiencia Nacional sigue juzgando los varios recursos presentados con el plan de reforma de los Baños del Carmen de fondo. Precisamente en noviembre de 2012, la Audiencia Nacional desestimó un recurso parecido de la Asociación de Vecinos de los Baños del Carmen de Málaga, que entre otros puntos mantenía que el deslinde aprobado por orden ministerial de julio de 2009 contradecía el anterior deslinde de 1920, adelantando hacia el mar la línea de ribera del mar, sin que en ese tiempo hubieran cambiado las características físicas de la playa artificial.
En este caso la Audiencia Nacional argumentó, entre otras consideraciones, que la Ley de Costas del 88 ampliaba el concepto jurídico de playa.
El año pasado la concesionaria de los Baños del Carmen presentó un recurso contencioso administrativo contra el rescate de la concesión, que en teoría finaliza en 2013. Hasta que no finalicen todos los obstáculos jurídicos, no podrá hacerse realidad el plan de reforma del antiguo balneario que, en las más de dos décadas que ha estado en manos de la última concesionaria, ha continuado su proceso de abandono.
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