Un jurado popular ha declarado culpable de un delito de homicidio al hombre acusado de acabar con la vida de su pareja que estaba enferma de esclerosis múltiple y a la que había cuidado durante años. Según han informado fuentes judiciales, se ha estimado la circunstancia que agrava la pena de parentesco.

Asimismo, según las fuentes, los miembros del Tribunal popular también han estimado las circunstancias que atenúan la pena de tener las facultades mentales ligeramente alteradas por padecer el síndrome del cuidador y la de confesión. El juicio se ha celebrado a lo largo de esta pasada semana en la Audiencia de Málaga.

Las acusaciones, Fiscalía y Abogacía del Estado, han mantenido una petición de pena para el hombre de 10 años de prisión; mientras que la defensa finalmente ha solicitado cinco años. Los hechos tuvieron lugar a finales de septiembre de 2011 en el domicilio en el que el acusado y la víctima convivían en la localidad malagueña de Marbella.

El hombre, de 63 años, vivía con la víctima, que estaba enferma de esclerosis múltiple, lo que le impedía la movilidad. "Con la intención de atentar contra su vida", procedió "a asfixiarla comprimiendo su cuello provocándole finalmente la muerte".

Días después de los hechos, agentes de la Policía Nacional fueron a la casa donde residía la pareja para esclarecer los hechos en compañía del acusado, quien, posteriormente, fue con ellos a la Comisaría, donde relató lo ocurrido "antes de que se iniciara el procedimiento contra él".

El hombre reconoció los hechos ante el jurado popular y declaró que cuidó durante 19 años a la víctima, que era, más que una pareja sentimental, "un tema de solidaridad", ya que estaba enferma desde antes de empezar a convivir los dos y desde 2010, postrada en la cama.

El procesado apuntó que en ese tiempo estaba nervioso, debido a las circunstancias de una "mala inversión", de que la situación económica era "bastante ajustada" y por el estado de abandono de ella por parte de su familia, que "nunca se había hecho cargo", admitiendo que le apretó el cuello, tras lo que no recordaba nada.

Los peritos declararon en el juicio que los análisis que se hicieron al cuerpo dieron como resultado que la fractura de un cartílago del cuello de la víctima había sido en vida y, por tanto, la mujer había sido estrangulada, apuntando que hacía falta una presión mantenida, puntual y en dos lados del cuello.

Asimismo, otros peritos coincidieron en que cuando reconocieron al acusado después de los hechos no padecía alteración psicopatológica, más allá de un cuadro depresivo, pero conservaba sus capacidades de entender y comprender. Tampoco detectaron un trastorno de personalidad, pero sí que tenía el rol de cuidador.