La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto al conductor de un autobús de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) que fue condenado en primera instancia a pagar una multa de 300 euros por insultar y golpear en la cara a una conductora con la que había discutido previamente.

El 21 de febrero de 2013, a las 12.30 horas en la avenida de Andalucía, se produjo una discusión de tráfico entre la denunciante y el denunciado, considera probado el Juzgado de Instrucción número 11 de la capital. El hombre, que es conductor de autobús de la EMT, se bajó del vehículo, sacó una cámara de fotos y fotografió el coche de la mujer, tras lo que le dijo: «Eres una guarra» y le propinó un golpe en la cara a través de la ventanilla, siempre según consta en el apartado de hechos probados de la sentencia de primera instancia, dictada el 14 de marzo de 2013.

La mujer sufrió lesiones leves en la mejilla derecha y dolor en el hombro izquierdo porque el denunciado le agarró la mano. El hombre fue sentenciado por un delito de lesiones a un mes de multa a razón del pago de 10 euros diarios.

El encausado recurrió la sentencia, y ahora la Audiencia Provincial le da la razón. La Sala reconoce que existió una discusión, que él se bajó para hacerle una foto y que le dijo: «Eres una guarra conduciendo». Luego, dice la Sección Novena, ella denunció que el hombre le dio un guantazo en la cara y le retorció el brazo, lo que él negó.

El apelante solicitó la nulidad del proceso, y negó haber agredido a la mujer, ofreciendo su versión del incidente y haciendo mención a la existencia de un testigo presencial.

En cuanto al fondo del asunto, la defensa solicitó la absolución del denunciado «por existir versiones contradictorias, no haber depuesto testigos imparciales y no ser concluyentes los partes de asistencia que obran en la causa». La condena se basó, dice la Audiencia, en que él admitió haber insultado a la mujer y a un parte de lesiones, pero recuerda la Sala que ella no fue atendida por el médico forense.

La denunciante fue asistida de una contusión en la mejilla derecha y dolor en el hombro, pero estas lesiones no fueron constatadas por el facultativo que la reconoció. Dadas las versiones contradictorias, el chófer fue absuelto.