Si al debate le faltaba gasolina ya la tiene. El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Niilo Jääskinen declaró hace unos días que Google no es responsable de los datos personales incluidos en las páginas web a las que remite su servicio de búsqueda y que la normativa europea no ampara el derecho al olvido. Jääskinen asegura, por tanto, que Google no tiene obligación de eliminar información legítima y legal que se ha hecho pública porque traería consigo una injerencia en la libertad de expresión del editor de la página web.

Aunque el jurista europeo respondió así a una consulta de las autoridades judiciales españolas sobre el litigio que enfrenta a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y a Google con un ciudadano español que pidió que se retirasen los enlaces a una información que le es perjudicial, alegando su derecho al olvido, su opinión no la comparte todo el mundo.

Fundamentalmente todos aquellos interesados en borrar información que les afecta y los profesionales que se dedican a eso. Entre ambas figuras se encuentra Manuel Moreno, socio y gerente de Bórrame.es, firma especializada en gestionar el derecho al olvido y que señala a Málaga como la provincia más activa de Andalucía en este sentido.

De hecho, según los datos de su empresa, de los aproximadamente 100 clientes andaluces que este año han solicitado sus servicios 18 son malagueños y mayoritariamente del sector turístico. «No podemos comentar casos específicos, pero sí que la mayor parte de clientes son empresas relacionadas con el turismo que solicitan nuestros servicios de reputación online para mejorar la percepción de los clientes extranjeros que buscan información por internet», explica el abogado antes de añadir que, en personas físicas, los casos son estándar: «Querer dejar de aparecer en boletines oficiales, información en hemerotecas cuyas noticias han dejado de ser relevantes o actuales y que afectan al honor de nuestros clientes, y suplantaciones de identidad de cuentas de redes sociales como Twitter o Facebook. También ocurre con frecuencia el hecho de que alguien publicó cierta información en secciones de contactos que ya no quiere seguir apareciendo».

En definitiva, Moreno asegura que la información susceptible de borrar es aquella que ya no representa a una identidad, «como un político que cambia de bando o un profesional que cambia o busca un empleo y que ha dejado un rastro en internet en el que siempre aparece de juerga».

Pero, ¿es del derecho al olvido una realidad? Para el gerente de Bórrame.es, no, y para Antonio Checa, abogado de Málaga, especialista en Propiedad Intelectual e Industrial de Datos, tampoco. Para el primero son muchos los que reclaman esa realidad, aunque conduce que no es cuestión de borrar cualquier cosa, sino que se trata de algo más específico. La mayor dificultad a la que se enfrentan los afectados o los profesionales son, según Moreno, la dificultad de contactar con los responsables de la fuente original. «Un caso muy generalizado es el de los blogs que se abren de forma anónima, muchos de los cuales quedan abandonados y es imposible contactar con el gestor. Y Google nunca ayuda», explica Moreno, quien cree sobre la polémica en torno al gigante de internet hay matizaciones. La primera, según el experto, es que la postura del abogado general de la UE no es vinculante y habrá que esperar a la sentencia definitiva, que probablemente no llegará hasta finales del presente año. La segunda, que tiene su parte buena y su parte mala. «La parte buena es que, al contrario de lo que defendía Google, están afectados por la ley de nuestro país, donde trabajan con medios físicos y por tanto tienen que responsabilidad. Y la mala, que no se le considere responsable de la información que indexa». Esta última es para Moreno una muy mala noticia por el «agravio comparativo» que supone frente al resto de personas. «No parece muy equitativo que a mí me obliguen a borrar una determinada información que he copiado de otra web y sí me hagan responsable, mientras que a Google, que reproduce esa misma información y la almacena en sus servidores, no se le exime de responsabilidad», abunda el empresario. Además, Moreno asegura que la labor del gigante de internet va más allá de crear un índice en las búsquedas: «Captan información de las mismas, la tratan, crean perfiles con ella y después la guardan. Esto está demostrado porque a veces incluso muestran una información cuando ésta ya sido borrada de la fuente original».

El letrado malagueño Antonio Checa, aun estando de acuerdo con el derecho al olvido, no le pone un pero a las declaraciones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Así, Checa cree que a Google no se le puede hacer responsable de una información que circula por la red porque el buscador sólo crea un índice. «En ese sentido coincido con el abogado general, aunque a partir de ahí el debate sigue siendo muy amplio», reconoce el letrado, quien explica que es complicado aplicar el derecho al olvido de forma genérica. «Se trata de un derecho personalísimo, ya que todo el mundo aspira a esa intimidad o a olvidar una etapa de su vida», dice. Para Checa, buena parte del problema sobre el derecho al olvido se encuentra en las hemerotecas de los periódicos digitales, donde cree que se deben aportar soluciones, como habilitar un sistema por el que un interesado pueda borrar su rastro con facilidad.

Víctor Salgado, de Pintos & Salgado, bufete especializado en TIC Protección de Datos, afirma que el derecho al olvido es un «derecho plenamente vigente» y reconocido en la legislación española. «Está representado en la Ley de Protección de Datos, en sus artículos 4, que recoge la calidad de los datos y las obligaciones una vez pasada su finalidad, y 16, que reconoce el derecho al acceso, rectificación, cancelación y oposición (derechos ARCO)», explica el abogado, quien afirma que mantener determinados datos no solo atenta contra el derecho a la privacidad de la persona, sino muchas veces también contra su honor.

Este despacho gallego, una de las comunidades con más reclamaciones en este campo, gestiona cerca de una docena de casos sobre el derecho al olvido. Lo que hace es dirigirse a la fuente principal -medio de comunicación, blog, boletín oficial, red social- donde se menciona a la persona, a través de los canales de los proveedores que emplea para plantear una denuncia interna.

Si esto falla, se realiza una nueva comunicación, esta vez a través de correo electrónico certificado o más contundente, por burofax, notificándole ya la ilicitud del contenido. «El medio puede retirar los datos o no indexar ese contenido aunque lo conserve», explica Salgado.

En caso de que no actúe, queda la posibilidad de la vía judicial, que puede ser incluso penal en los casos más graves.