El exasesor urbanístico del Ayuntamiento de Marbella Juan Antonio Roca "ejerció como alcalde de hecho durante años", mientras que los concejales "se aquietaban a sus tejemanejes", según la sentencia del caso Malaya.

El tribunal del juicio ha llegado a la "firme convicción" de la realidad del "sistema de corrupción generalizada" que se había instaurado en el Ayuntamiento de Marbella "bajo el poder de hecho ejercido por el señor Roca", señala la sentencia. También detalla que las licencias urbanísticas se decidían en reuniones entre Roca y los "cabezas" del gobierno municipal tripartito presidido por la alcaldesa Marisol Yagüe, "a los que entregaba los sobres con dinero a repartir entre los restantes concejales".

"De aquellas reuniones salía el famoso cuadernillo con la 'F' de favorable o la 'D' de desfavorable que en la siguiente sesión de gobierno se concedían o denegaban", añade el texto del fallo. Prueba de ello es que, como admitió el exconcejal y exfutbolista Tomás Reñones, "en las sesiones de gobierno ellos ni leían, ni entendían ni atendían", como "si el acto no fuera con ellos".

Para el tribunal, los concejales, "haciendo verdadera dejación de funciones, toleraron el urbanismo a la carta que propició el señor Roca". Este "urbanismo a la carta" supuso una "alteración total de la realidad urbanística" del municipio de Marbella, puesto que las autoridades municipales autorizaban las construcciones y edificaciones "sin otra base legal que su acomodación a proyectos normativos".

Estos proyectos eran el documento de revisión del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) o el nuevo plan de 1988, los cuales "nunca alcanzaron eficacia jurídica" porque no fueron aprobados por la autoridad competente, precisa la sentencia.

En cuanto a los delitos de cohecho, la Sala señala que Roca, al que define como "el ideólogo que aglutina las voluntades" de todos, se encargaba de percibir las millonarias dádivas y de dosificarlas entre los funcionarios públicos. Para ello ideó un sistema de "caja única" en el que contabilizaba las entregas dinerarias que recibía, que no entregaba directamente a los funcionarios, sino a través de los cabezas de partido del tripartito.

En la sentencia, la Sala también alude a la magnitud y trascendencia mediática de este proceso, algo que "no debe hacer perder el norte al Tribunal". "Estamos ante un caso complejo y difícil, pero en el que los criterios a la hora de juzgarlo deben ser los mismos que los empleados en cualquier otro caso de menor entidad y enjundia", argumenta.