El presidente del Tribunal, José Godino, no tuvo reparos en criticar durante la lectura de la sentencia las actuaciones policiales protagonizadas cuado el caso estalló en marzo de 2006 bajo la batuta del entonces titular del juzgado de Instrucción número 5 de Marbella, Miguel Ángel Torres, quien fue sustituido por el juez Óscar Pérez en agosto de 2007.

El magistrado lamentó ayer abiertamente que, durante la instrucción, algunas de las detenciones fueran «excesivamente mediáticas» y consideró que la espectacularidad con que se realizaron algunas de ellas «no era necesaria». «Las detenciones de los procesados no se ajustaron a los patrones habituales propios de estos actos procesales, que conllevan tan graves perjuicios para la libertad individual de los ciudadanos», reza literalmente el fallo, que también sostiene que algunos de los autos que se dictaron durante la instrucción «eran estereotipados con escasa fundamentación, a veces por mera remisión a actuaciones policiales». Según leyó Godino, entonces se acordó «la detención directa, sin citación previa al juzgado, acordando una clara medida cautelar sin conceder al ciudadano la posibilidad de presentarse libre y voluntariamente ante el juzgado a dar explicaciones sobre los hechos imputados». Algunos procesados «incluso comparecieron voluntariamente al juzgado, viniendo del extranjero, al tener conocimiento por la prensa de que podían ser imputados y, pese a esa comparecencia voluntaria, fueron detenidos», añade el texto de más de 5.000 folios. En su intervención, el juez recordó aquellas detenciones que se realizaron con cámaras de televisión retransmitiendo en directo el momento del arresto de los imputados a primeras horas en su propio domicilio, en presencia de los hijos, e incluso en algún caso anunciando el reportero al procesado: «¿Sabes que te van a detener esta mañana?», resalta el fallo del tribunal.

El precepto legal de que la detención de un ciudadano se hará «en la forma que menos perjudique su honor, fama y patrimonio» en algunos casos «brilló por su ausencia». «No era preciso tal despliegue de fuerzas de orden público, ni la clamorosidad de esas detenciones, hasta el punto de que una de las actuaciones determinó el fallecimiento esa misma tarde de la esposa de uno de los procesados», destaca la sentencia. Sobre las estancias en los calabozos, el fallo subrayo cómo algunas fueron «por un periodo de tiempo superior al legalmente establecido» y que algún procesado pasó seis días en los calabozos y se le retiraron las gafas para no autolesionarse pese a que tenía una miopía muy acusada y casi 70 años de edad. El Tribunal también observa «la insuficiencia del auto acordando la detención de determinados procesados y, sobre todo, la transgresión del límite constitucional de detención judicial, fijado en 72 horas».

«Objetividad»

Pese a que las condenas han sido muy inferiores a las peticiones fiscales, el decano del Colegio de Abogados de Málaga, Francisco Javier Lara, quiso destacar que la sentencia demuestra «la objetividad e imparcialidad» de los tribunales. Lara explicó que, aunque aún debe leer la resolución, esa «importante» reducción de penas se deberá a que «no se han probado hechos o se han estimado cuestiones previas» planteadas por las defensas.

De la misma manera, el decano precisó que «ha podido haber alguna vulneración de derechos fundamentales durante la instrucción» o se habrán «anulado escuchas telefónicas o registros». «A pesar de la reducción de condenas tan importante, los juicios paralelos, los juicios mediáticos; se demuestra que los tribunales están por encima y actúan con objetividad, imparcialidad y profesionalidad porque dictan sentencia conforme a lo que consideran probado y eso es garantía para el estado de Derecho», resaltó.

Francisco Javier Lara consideró que, aunque «seguro que puede ser decepcionante» para la opinión pública estas penas, quizás la petición de la Fiscalía estaba «sobredimensionada o inflada» y que, aunque llame la atención pasar de pedir 30 años de cárcel a imponer 11, «hay que ver si era una petición ajustada o no a Derecho». «Por muchas ganas que tengamos de recuperar el dinero y condenar a los culpables tienen que prevalecer las garantías constitucionales; si no se han probado unos hechos, no se pude condenar», dijo antes de añadir que «por encima de todo está la supervivencia del estado de Derecho».

El Fiscal Anticorrupción estudiará si recurre

El Fiscalía Anticorrupción estudiará si recurre la sentencia del caso Malaya contra la corrupción tras estudiar y valorar todos los argumentos esgrimidos por el Tribunal, según el fiscal jefe de Málaga, Juan Carlos López Caballero. «Es pronto para pronunciarse», dijo López Caballero, quien insistió en que debe leer toda la sentencia antes de tomar una decisión porque es necesario estudiar todos los argumentos expuestos por la Sala.