En el caso Malaya no hay acusación contra él, pero el cohecho que se le imputa podría haber prescrito, dado que el delito por el que han sido condenados sus compañeros de banquillo es el soborno pasivo impropio por acto injusto no realizado, es decir, el soborno no está conectado a una decisión ilícita del funcionario, sino que Roca tenía en nómina a los ediles. El primero de estos cohecho, el delictivo, se pena con cuatro años de cárcel, mientras que el que ha resultado finalmente probado se castiga con dos en su grado máximo. Éste es el que ha elegido el Tribunal de Malaya, que prescribe a los tres años; el otro, a los cinco. Si el Tribunal Supremo opta por este último, Lendínez tendrá otro problema más. Si no, se habrá librado. Aún está por ver en los diversos procesos que tiene qué delitos han prescrito.