En abril de 2008, el Ayuntamiento de Málaga preguntó a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones las condiciones de la prestación a los ciudadanos de un servicio de wifi en el interior de edificios municipales. La consulta fue respondida con una resolución que mantenía que este servicio se consideraría autoprestación, al satisfacer necesidades de los ciudadanos en su relación con la administración, por lo que no existía obligación de notificar a la CMT su puesta en marcha.

No obstante, en septiembre de ese mismo año, 2008, la CNMT abrió de oficio un expediente informativo por haber tenido conocimiento de que el Ayuntamiento de Málaga podría estar explotando redes sin la notificación preceptiva.