El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad anunció ayer que ha acordado subir los topes máximos mensuales del copago farmacéutico de los pensionistas -establecidos en 8,14 euros, 18,32 o 61,08 según renta-, y actualizar la cuantía máxima correspondiente a los medicamentos de aportación reducida -actualmente 4,20 euros por envase-, en virtud de una evolución del IPC. La subida que entra en vigor de forma automática será aproximadamente del 1,4%, quedando establecido dependiendo de la renta el tope de los copagos en 8,26 euros, 18,59 euros y 62 euros. La subida del IPC afecta a los medicamentos y otros productos sanitarios de aportación reducida, como ya sucediera el año pasado, para el tratamiento de enfermedades crónicas o graves o los que proporciona el Sistema Nacional de Salud (SNS) a través de receta oficial a los enfermos de sida.

Las comunidades autónomas deben empezar a aplicar a lo largo de este mes de enero el copago de fármacos de dispensación hospitalaria para pacientes que no estén hospitalizados, aprobado por el Gobierno en septiembre. Aunque entró en vigor el pasado 1 de octubre, se facilitó un plazo de tres meses para que las administraciones regionales pudieran adaptarse a esta nueva medida. Sólo Ceuta y Melilla la aplicaron tras su aprobación y el resto lo harán a lo largo de enero «con su propio criterio», según informaron fuentes del Ministerio de Sanidad. La medida se topó con la negativa de numerosas comunidades. Por el momento, la han recurrido por contencioso administrativo Castilla y León y Andalucía, mientras País Vasco ha presentado un recurso de alzada y Canarias la recurrirá.

En total son 157 presentaciones farmacológicas de poco más de 43 medicamentos destinados a procesos crónicos o graves -oncológicos, hepatitis, reproducción asistida, la artritis reumatoide o degeneración macular, entre otros- que, hasta ahora, estaban exentos de pago.

La aportación del usuario a dichos medicamentos, que estaban exentos, será de un 10% del precio.