La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a seis meses de prisión a un hombre que le dio un cabezazo en la nariz al conserje del colegio de su hija, con la que pensaban que éste mantenía relaciones sexuales desde antes de cumplir la mayoría de edad. Le rompió el tabique nasal. La madre y el padre además han sido multados por amenazas.

En un principio, el juzgado de primera instancia le impuso un año y medio de prisión al padre y un año a la madre por un delito de atentado a funcionario público, pero la Audiencia Provincial ha tenido en cuenta el recurso presentado por sus abogados defensores y les quita la pena porque la agresión no se produce «con intención de ofender el principio de autoridad, situándose la controversia suscitada en un ámbito estrictamente privado».

Según consta en el apartado de hechos probados de la sentencia, el juzgado de lo Penal número 2 de Málaga, el 26 de septiembre de 2013, dictó sentencia sobre los hechos acaecidos a las 10.25 horas del 4 de marzo del pasado año, cuando el matrimonio se presentó en un instituto de enseñanza secundaria de la capital, y se dirigió a un empleado del mismo que tenía más de 25 años de antigüedad en su puesto, con la condición de contratado laboral fijo de la Junta de Andalucía.

La acusada, precisa la Audiencia en el apartado de hechos probados, le tiró una piedra «que no consiguió impactarle», aunque no queda acreditado que con dicho lanzamiento la mujer causara daños en un coche de un profesor del instituto.

La pareja le recriminó al conserje que estaba manteniendo supuestas relaciones físicas con la niña. En la sentencia consta que le dijeron: «Deja a nuestra hija, no la veas más, te vamos a meter en una furgoneta y te vamos a descuartizar, vamos a ir al instituto a que te echen, te vamos a matar».

Al mismo tiempo, el procesado «agarró al conserje y le lanzó un cabezazo que le impactó en la nariz, ocasionándole una rotura de huesos propios». Para sanar necesitó una primera asistencia facultativa, un examen radiológico y posteriores asistencias médicas, así como permanecer inmovilizado con una férula durante una semana.

Además del delito de lesiones al que es condenado el hombre, en concreto con seis meses de prisión y las costas procesales, es sentenciado por una falta de amenazas a pagar una multa de 150 euros, al igual que su mujer. Ambos son absueltos del delito de atentado contra funcionario público.

«Los actos realizados por los acusados no tenían por objeto, ni directa ni indirectamente, ofender, denigrar o desconocer el principio de autoridad. El denunciante es conserje de un instituto en donde cursaba estudios la hija de la acusada, la cual había tenido conocimiento días antes al altercado de que, supuestamente, dicho señor -que lo niega- mantenía una relación sentimental y sexual con su hija, desde antes de que ésta hubiese alcanzado la mayoría de edad», consta en la sentencia de la Audiencia Provincial, de tal forma que los magistrados razonan así la estimación parcial del recurso.