Una sentencia del Tribunal Supremo de mayo del pasado año dictaba que los suelos rústicos declarados urbanizables, no pueden ser considerados urbanos si no cuentan con un plan de desarrollo urbanístico aprobado, por lo que deben ser considerados como rústicos. Esto significa que los ayuntamientos no pueden valorar estos suelos como urbanos, como vienen haciendo. El efecto fundamental en este caso es que los ayuntamientos no pueden aplicar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) urbano a estas suelos, sino el IBI rústico que tiene menor valor catastral que el urbano.

Aunque la sentencia del Supremo no anula lo pagado hasta ahora, por lo que no caben reclamaciones, pero si permite a los propietarios de suelo impugnar las valoraciones que se hagan a partir de ahora si consideran que su propiedad es rústica y no se le debe aplicar el IBI urbano.

En Málaga, el equipo de gobierno aún no ha hecho ninguna medida de adaptación a la nueva sentencia. Por contra, el PSOE ha salido al paso de la misma y va a presentar hoy en la comisión de Economía una moción en la que reclama que el gobierno municipal, como primera medida, «elabore un censo de los posibles suelos afectados» por la sentencia. Reclama en segundo lugar que el Ayuntamiento tome las medidas oportunas «para evitar la indefensión de los ciudadanos y los innecesarios procesos legales que se derivarían de no tipificar los suelos a efectos fiscales».

El PSOE considera que la aplicación de esta sentencia «puede afectar de manera importante a los ingresos de las arcas municipales». Aunque la mayor atención, añade la moción de PSOE, se ha puesto en el IBI, la sentencia también afectaría de manera notable a las liquidaciones por el impuesto de Plusvalía.