La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la resolución del Juzgado de Instrucción de Antequera número 2 por la que se absolvía a un conductor de una falta de imprudencia por la muerte de una transeúnte, un accidente que tuvo lugar el 5 de noviembre de 2012 en Sierra de Yeguas, debido a la escasa visibilidad que había en esa zona de la calzada.

Así, la familia de la fallecida denunció al encausado, pero el juzgado lo absolvió al considerar probado que había poca visibilidad, que la maniobra de marcha atrás que hizo el conductor estaba justificada por lo estrecho de la vía y porque otro coche iba a pasar por ahí, porque iba despacio, era noche cerrada, llovía, la mujer iba de negro y además, con un paso de cebra a apenas unos metros del lugar, la fallecida no lo usó.

Según consta en la resolución de primera instancia, el hombre conducía un Seat León a las 19.30 horas del 5 de noviembre de 2012 en el cruce de las calles Iglesia y Oliva de Sierra de Yeguas. Iba acompañado de dos amigos.

Así, al llegar a la altura del cruce «inició marcha atrás, resultando que golpeó a una mujer, que ante la colisión cayó al suelo y falleció por traumatismo cráneo encefálico severo», consideró probado el juez de instancia.

La togada consideró acreditado que «la visibilidad no era buena, al ser de noche y estar el día lluvioso, y que la mujer no cruzaba por el paso de peatones previsto al efecto en la calle, así como que iba vestido de negro». Por todo ello, la juez lo absolvió de una falta de imprudencia. Sin embargo, la familia de la fallecida recurrió en apelación el fallo de la Audiencia, al entender que el juez no apreció bien las pruebas, lo que la Audiencia rechaza en un auto. «No ha quedado acreditado que el denunciado infringiera el deber de cuidado en la conducción, exigible a toda persona que pone en circulación un coche de motor», precisa la Sala.

«La razón de su maniobra marcha atrás derivaba de la imposibilidad de paso por la vía, dado su estrechamiento y la presencia de otro coche en sentido contrario al suyo, lo que le obligó a iniciar esa marcha para dejarle pasar y poder reanudar su camino», recalca la Audiencia en su resolución, que incluso trae a colación las declaraciones de los policías locales en el sentido de que la velocidad del denunciado no era muy elevada». Eso, la escasa visibilidad y la pequeña abolladura que presentaba el coche inclinan la balanza hacia la absolución.