­La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha decidido que la banca sólo deberá devolver las cantidades cobradas de más por las cláusulas suelo declaradas abusivas a partir del 9 de mayo de 2013, fecha en la que una sentencia anuló las que no fueran transparentes. La decisión fue celebrada ayer por las organizaciones de usuarios de bancos ya que, objetivamente, unifica doctrina sobre esta controversia y no sólo significa la anulación de las cláusulas -no se sigue pagando de más-, sino que además se reconoce el derecho a la devolución de lo ya abonado. Sin embargo, perjudica a los 5.000 malagueños que han demandado a las entidades financieras, pues ya sólo podrán recuperar una parte de lo ya pagado, según los expertos, y es una medida también negativa para los 80.000 afectados por cláusulas suelo en la provincia.

Ello quiere decir que los juzgados unipersonales y las audiencias de unas provincias, como por ejemplo las de Córdoba y Cádiz, consideraban nulas las cláusulas pero no ordenaban la devolución al tenedor de la hipoteca de lo pagado de más durante años, o, por lo menos, desde que empezó a subir el euríbor (2008 o 2009). Sin embargo en Málaga sí se ordenaba la reintegración retroactiva de lo ya aportado. Es decir, que los que venían presentado su demanda en los Juzgados de lo Mercantil de Málaga no sólo dejaban de sufragar mensualmente las cláusulas, sino que además se les devolvía todo lo abonado durante cuatro o cinco años. Por tanto, la decisión del Supremo perjudica claramente a los malagueños con cláusula suelo, pero beneficia a los ciudadanos de aquellas provincias cuyos juzgados no ordenaban la devolución de lo ingresado de más cada mes.

Francisco Soler, abogado, asegura que «no puede ser siempre que los ciudadanos paguen los platos rotos». «Los bancos se comen lo cobrado de más. Con las reclamaciones individuales se enfrentaban a un escenario terrible, porque pagar todas las cláusulas podía hundir a muchas entidades. ¿Qué se protege con esta decisión, el interés general o el de los bancos? Al final el que rompe los platos no paga la vajilla», dice.

Además de no seguir pagando, en Málaga, dice Soler, la devolución media oscila entre los 4.000 y los 8.000 euros, con lo que esa cantidad se reduciría considerablemente.

Ángel Yagüe, coordinador del Instituto Andaluz de Estudios Financieros, da la cifra de 5.000 demandas y cree «muy desafortunada la decisión». Esto, dice, «abre otra brecha: qué pasa con la gente que sí ha obtenido ya la devolución anterior a esa fecha. Esto crea una inseguridad jurídica brutal».

Estima que no habrá una catarata de demandas de la banca reclamando la devolución de lo ya pagado, dado que esas sentencias son firmes, «cosa juzgada», pero considera que caerán las demandas, que se multiplicaron desde que se conoció que la Audiencia malagueña sí ordenaba la devolución de lo pagado de más sin límite temporal. «Yo tengo ahora un demandante, que, si reclamaba 10.000 euros, porque su hipoteca data de 2006, y pierde lo abonado de más entre 2008 y 2003, sólo recuperará 2.000 o 3.000 euros», precisa. Es decir, que si demandó por 18.000, pone otro ejemplo, «sólo recuperará 7.000». Y eso tras pagar abogado y procuradores, además de contratar a otros profesionales, explica.

«Málaga había sido punta de lanza en la defensa de los consumidores con sentencias brillantes, que iban contra el criterio del Supremo, al entender que devolver las sumas no perjudicaban al orden público, porque devolver 5.000 o 6.000 euros no afecta al orden público bancario. Esto no va a provocar una avalancha de demandas de bancos pero sí puede que modere las demandas de cláusulas. Si ahora para obtener menos dinero tiene que esperar tres años para una resolución judicial, se lo pensará el cliente», reflexiona Yagüe.