­La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la pena de un año de prisión y la multa de 2.280 euros a un hombre que, tras pelearse con un amigo, abrió un perfil falso de éste en Facebook y colgó fotos privadas en el mismo, haciendo comentarios privados sobre la vida personal de su conocido y su mujer. La Sala lo condena por un delito contra la intimidad.

Según consta en el apartado de hechos probados de la sentencia, J. T. P. aprovechó que tuvo una relación de amistad «vía internet» con un hombre y su mujer para abrir un perfil falso en Facebook con la identidad de su conocido.

Remitidas en confianza

Asimismo, como tenía acceso a las fotografías personales de éstos, y una vez que la relación hubo saltado por los aires, «exportó las imágenes de las que disponía y que, en su día, le habían sido remitidas en confianza, para publicarlas a través del perfil».

La Sala recuerda que el remitente no autorizó la publicación de esas instantáneas, e indica que además el procesado incorporó comentarios personales de su examigo relativos a su vida privada de pareja.

La policía llegó hasta él

En la red social figura un correo de contacto que, a su vez, lleva a constatar que el acusado inició sesión el 13 de septiembre de 2010, a las 13.08 horas, hasta el 26 del mismo mes, a las 7.39, desde una IP -identidad cibernética que se asocia a cada usuario de la Red- relacionada con el padre del acusado, por lo que los policías pudieron determinar el ordenador desde el que el usuario cometió el delito contra la intimidad.

Los abogados del procesado interpusieron un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 14 de Málaga, pero la Sala de la Audiencia Provincial rechaza sus argumentos y le recuerda que dio publicidad a las imágenes, que obtuvo las mismas, «sea legal o ilegalmente, sea con autorización o sin ella, sea del propio denunciante o de su pareja», y que ello ha vulnerado la intimidad del perjudicado.