­Los procesos monitorios son una fotocopia de la crisis, un termómetro ideal para medir cómo anda la calle en medio de este maremoto financiero, ya que se trata de un tipo de procedimiento judicial que busca agilizar el cobro de deudas de mediana y pequeña cuantía para los acreedores. Así, casi 270.000 personas y empresas de la provincia han reclamado judicialmente lo que se les debe entre 2007 y 2014, según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

En 2014 se interpusieron en los juzgados de Primera Instancia de la provincia 25.688 procedimientos de esta naturaleza, casi tres mil más que en 2013, aunque el techo se alcanzó en 2010, con 37.795 causas, más del doble que en el primer ejercicio de la crisis, 2007, cuando ciudadanos y empresas reclamaron judicialmente el pago de 17.666 deudas.

Los ejemplos de quienes acuden a este proceso son múltiples: desde el fontanero o el carpintero que han sido contratados por un particular y no perciben sus honorarios, pasando por las demandas contra el vecino de una comunidad que no paga los recibos mensuales, o una empresa que amuebla una casa entera y no cobra por su trabajo. Hay grandes superficies que van a pelear deudas de 60 0 70 euros, o incluso que reclaman sumas de hasta 1.999 euros para evitar el pago de las tasas, aunque también se dan temas de sociedades o bancos que reclaman los préstamos que hicieron.

El abogado y exmagistrado Juan José Arroyal, del despacho Ponce y Amaya, asegura que la media de cantidades a discutir oscila entre los 3.500 y los 9.000 euros, aunque otras fuentes de un juzgado de Primera Instancia consultadas por este periódico aclaran que «generalmente muchas de las sumas están por debajo de los 1.000 euros».

El letrado Javier Muriel explica que son reclamaciones de cantidad en las que no se precisa de abogado ni procurador, de forma que el acreedor con sólo presentar un documento en el que se acredite la deuda -una factura o escritos de naturaleza similar- y la correspondiente demanda puede conseguir que el juez requiera de pago al deudor. Éste tiene diez días para pagar, no pagar o contestar. Si paga el trámite concluye, y si no contesta se pasa directamente al embargo de sus bienes o a la averiguación de su situación patrimonial. Así, el acreedor tendría una sentencia que se convertiría en título ejecutivo donde se recoge su derecho a cobrar. Si alega en contra, el proceso se convierte en un juicio verbal u ordinario, según el caso. El deudor tiene diez días para pronunciarse.

«Muchas grandes cadenas acuden a este procedimiento para efectuar cualquier reclamación de cantidad, muchas veces en relación a cuantías mínimas», dice.

Arroyal apunta que, aunque el fin del proceso es la agilidad en el cobro de las deudas, muchas veces la saturación de los juzgados propicia que sus clientes sólo cobren cuando el asunto se ha convertido ya en una segunda demanda, y en su mayoría con acuerdos de pago parciales.

Arroyal habla de deudas pequeñas de entre 3.500 y 9.000 euros y se pregunta: «¿Dónde hay dinero? En lo que la gente debe, y el monitorio es una forma cobrar eso, de ganar liquidez», y afirma que gran parte del trabajo que él saca adelante está relacionado con estos asuntos.

Estos procesos saturan los juzgados

Los procedimientos monitorios, para el cobro de pequeñas deudas, suponen el 50% del trabajo del juzgado, según las estimaciones de distintas fuentes judiciales consultadas y de los letrados que trabajan habitualmente con estos asuntos. El abogado Juan José Arroyal precisa: «Casi todo lo que llevamos son procesos monitorios». Fuentes de un juzgado de Primera Instancia explicaron: «Es un procedimiento ágil, rápido, pero muchas ejecuciones constituyen una gran carga de trabajo para los juzgados, no tanto en cuanto al juicio o la vista, sino por el hecho de tratar de cobrar lo que se reconoce en la sentencia». Esta fuente se refiere al hecho de poner en marcha los procedimientos de embargo de los bienes del deudor o averiguar qué posee. En su órgano, en concreto, hay en torno a 1.800 ejecuciones en trámite más 400 asuntos de distinta naturaleza vivos. Los abogados consultados también creen que estos asuntos colapsan las distintas oficinas y que tampoco son tan rápidos como en un principio se podía pensar, sobre todo por la saturación de los diferentes órganos. Además, en muchas ocasiones el deudor no puede hacer frente a lo que se le demanda y el acreedor nunca cobra.