Para la atención de estos niños, las Consejerías de Educación y de Salud mantienen vigente desde 1988 un convenio de cooperación para la creación de aulas hospitalarias en los centros sanitarios de la comunidad autónoma de Andalucía, atendidas por docentes especializados.

Posteriormente, la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, y el Decreto 167/2003, de 17 de junio, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas, que desarrolla este decreto, han dado consistencia normativa a estas actuaciones en favor de los escolares ingresados en los centros sanitarios de la red de hospitales del SAS y se han establecido los objetivos y los procedimientos para las correspondientes dotaciones de personal docente.

Las funciones del profesorado encargado de estas aulas hospitalarias y demás aspectos normativos de las mismas, están regulados por la Resolución de 15 de julio de 1995 (BOJA de 25 de agosto). También los artículos 35 y 36 del referido decreto 167/2003, desarrollan diversos aspectos sobre la creación, la organización, el funcionamiento y las relaciones de éstas aulas con los centros docentes de donde proceden los escolares enfermos ingresados en los hospitales.