La Audiencia Provincial de Granada ha rechazado un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del Juzgado Mercantil de Granada de fecha 19 de enero de 2015 que desestimaba a su vez una demanda de nulidad de cláusula suelo incluida en un préstamo hipotecario de Unicaja para adquisición de vivienda habitual. La sentencia de la Audiencia, fechada el pasado 12 de junio y a la que ha tenido acceso este periódico, confirma la primera sentencia y ratifica la validez y transparencia de la cláusula incorporada por Unicaja como uno de los elemento principales del contrato.

La fundamentación jurídica de la sentencia pone de relieve aspectos como la correcta ubicación de la clausula en el contrato, afirmando que «no se trata por tanto de una clausula sorpresiva, incorporada entre una abrumadora cantidad de datos» y que la misma aparece destacada en negrita. Además, el fallo estima la transparencia de la clausula afirmando que «el contrato expone de manera transparente y en un contexto no sorprendente, el funcionamiento concreto de la estipulación,€, permitiendo al consumidor conocer el contenido de su incidencia», concluyendo que no se utilizan expresiones que puedan dar lugar a confusión. En ese sentido, estima también «que es fácilmente comprensible el coste del producto para el consumidor,€, pudiendo evaluar directamente las consecuencias económicas y jurídicas que se derivan».

La sentencia afirma respecto al contrato, por tanto, «que no puede establecerse que adolezca de falta de transparencia».