El juzgado de lo Social 8 "ha desestimado" la petición de aclaración de la sentencia del pasado 11 de diciembre que establecía que el único convenio en vigor en la empresa Limasa es el correspondiente al 2010/12. En un auto firmado el 21 de diciembre el magistrado José Luis Manjón-Cabeza desestima la peticion de aclaración al considerar que en la sentencia del convenio de Limasa "no advierte oscuridad, insuficiencia o incongruencia" por lo que falla que "no ha lugar a efectuar la aclaración de sentencia", por lo que mantiene tal cual la sentencia del pasado 11 de diciembre que dictamina que el unico convenio colectivo en vigor es el correspondiente a 2019-2013, ahora prorrogado.

Una vez notificada la respuesta a la petición de aclaración que Limasa solicitó de la sentencia del Juzgado de lo Social número 8, la empresa considera que el convenio en vigor es el de 2010/12, pero incluyendo todas las modificaciones efectuadas en los acuerdos alcanzados en el Sistema Extrajudicial de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía (Sercla) y en el texto firmado en diciembre de 2013.

El concejal de Medio Ambiente y Sostenibilidad, Raúl Jiménez, ha explicado que la sentencia, al contrario de lo que interpreta el comité, no indica que el convenio inicial de 2010/12 sea la referencia para establecer las condiciones laborales a partir del 1 de enero de 2016 y negociar entre Limasa y los representantes de los trabajadores las condiciones del siguiente convenio.

El magistrado reitera en su auto de aclaración que no se han cuestionado en el procedimiento judicial las modificaciones del convenio 2010/12 firmadas en diciembre de 2013; por tanto, el fallo no puede entrar a cuestionar las mismas.

Jiménez ha expresado la voluntad del Ayuntamiento, tal como se ha aprobado hoy mismo por unanimidad en el pleno ordinario del mes de diciembre, de comenzar a negociar cuanto antes. El edil ha recordado que dicha voluntad municipal quedó de manifiesto en el propio Sercla, pero el comité emplazó a enero o febrero.