­Apenas diez días ha durado la tranquilidad laboral en Limasa. La empresa podría volver a la máxima tensión en los próximos días a tenor de la interpretación que el Ayuntamiento y la dirección de Limasa hacen del auto del titular del juzgado de lo Social número 8 en el que desestima la petición empresarial de una aclaración a la sentencia del 11 de diciembre, que declaraba que el único convenio en vigor y aplicable era el firmado en 2010-12 y ahora prorrogado.

En un auto firmado el 21 de diciembre, el magistrado José Luis Manjón-Cabeza, titular del juzgado 8 de lo Social, desestima la petición de aclaración al considerar que en la sentencia del convenio de Limasa «no advierte oscuridad, insuficiencia o incongruencia», por lo que falla que «no ha lugar a efectuar la aclaración de sentencia», y no se pronuncia sobre la petición de Limasa de aclarar si cuando la sentencia declara que el único convenio vigente y aplicable es el de 2010-2012, se refiere a su «redacción originaria de 2010 o, por el contrario, debe aplicarse el convenio junto con sus posteriores modificaciones y revisiones». El auto volvía a insistir en que el convenio aplicable es el de 2010.

Tras conocer el auto sobre la aclaración de la sentencia, la respuesta del Ayuntamiento y de la empresa no se hizo esperar: el auto «no avala el criterio del comité de empresa». A tenor de este auto, Limasa considera que el convenio colectivo en vigor es el de 2010/12, «pero incluyendo todas las modificaciones de los acuerdos alcanzados en el Sistema Extrajudicial de Conflictos Colectivos Laborales de Andalucía (Sercla) y en el texto firmado en diciembre de 2013».

El concejal de Medio Ambiente y Sostenibilidad, Raúl Jiménez, explicó ayer que la sentencia, al contrario de lo que interpreta el comité, no indica que el convenio inicial de 2010/12 sea la referencia para establecer las condiciones laborales a partir del 1 de enero de 2016 y negociar entre Limasa y los representantes de los trabajadores las condiciones del siguiente convenio.

Para el Ayuntamiento y Limasa, en la sentencia del 11 de diciembre no se han cuestionado las modificaciones del convenio 2010/12 firmadas en diciembre de 2013; «por tanto, el fallo no puede entrar a cuestionar las mismas».

El conflicto laboral puede volver en los próximos días, toda vez que el comité de empresa interpreta que la sentencia del juzgado número 8 acepta los argumentos de los trabajadores y exige que se recuperen, a partir del 1 de enero, los derechos perdidos; a saber, paga de productividad, descansos sábados y domingos y vacaciones en verano.

Con estas premisas, la plantilla de Limasa suspendió la huelga prevista a partir del 14 de diciembre pero insistió en guardarse una carta ante un hipotético incumplimiento de la sentencia que obliga al Ayuntamiento y a la empresa a recuperar los derechos laborales que habían eliminado en 2013, por eso la asamblea mandató al comité de empresa para que tome las medidas necesarias en el caso de que no se ejecute la sentencia. Incluida una nueva huelga.

Mientras tanto y en previsión, el pleno del Ayuntamiento aprobó ayer instar al equipo de gobierno a retomar «a la mayor brevedad posible» las negociaciones para establecer un nuevo convenio colectivo que aporte la estabilidad laboral necesaria hasta la finalización del contrato en 2017.

Sobre Limasa, el PSOE presentó una moción sobre la ejecución de la sentencia y el portavoz de Ciudadanos, Juan Cassá, por su parte, instó al equipo de gobierno a empezar a hablar con los trabajadores sobre el nuevo convenio y que se incluya la eliminación de los puestos hereditarios.