­Los servicios mínimos para la huelga de Limasa, convocada a partir del martes, 1 de marzo, han quedado fijados en el 50% para el Centro Histórico y en un 40% para el resto de la ciudad, según la resolución adoptada por la dirección general de Relaciones Laborales de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía.

En el caso de que la huelga se prolongase durante la Semana Santa, del 20 al 27 de marzo, estos servicios mínimos se ampliarían al 65 por ciento al Centro y se mantendrán igual en el resto de los distritos de la ciudad.

Mientras tanto, y a falta de tres días para que se inicie la huelga, (será a las doce y un minuto del lunes 29 de febrero) las dos partes en conflicto ­-dirección y comité de empresa- no tuvieron ayer el más mínimo contacto; de hecho no han tenido ningún contacto desde el martes en que se vieron las caras en el Sercla (Servicio extrajudicial de resolución de conflictos laborales). Tampoco el Ayuntamiento, socio de la empresa, dio ayer señal alguna de intentar la negociación con los trabajadores. El concejal responsable de Limasa, Raúl Jiménez, estuvo toda la tarde ilocalizable.

En el comité de empresa, sus miembros, una vez conocido el decreto de servicios mínimos, mantuvieron una larguísima reunión con el responsable de producción de la empresa para concretar y organizar el desarrollo y ejecución de esos servicios mínimos en cada cuartelillo y centro de trabajo.

El comité denunció además dos actuaciones de la dirección ante la Inspección de Trabajo. De un lado la decisión de contratar para los días de huelga a personal eventual, lo que consideran contrario al derecho de huelga y una «intromisión». De otro, lo que consideran una «intimidación» a los trabajadores de las oficinas y administración a los que se les habría requerido, según la denuncia, para conocer cual sería su decisión ante la convocatoria de huelga.

Volviendo a los servicios mínimos, la resolución, que es de obligado cumplimiento por ambas partes, garantiza, según la Junta de Andalucía, el funcionamiento del servicio público de recogida, tratamiento y transporte de residuos y de limpieza viaria, a la vez que «equilibran» el derecho de los trabajadores a la huelga.

Por otra parte, serán del 30 por ciento en los talleres de Limasa en todos los turnos y, en lo referido al Centro Ambiental de Málaga (CAM) Los Ruices, también del 30 por ciento en la planta de compostaje, en el vertedero, en pesaje y control y en mantenimiento, y del cien por cien en la planta de biogás y lixiviados.

La disposición de los servicios mínimos por parte de la Junta es consecuencia de la falta de acuerdo entre el Ayuntamiento de Málaga, como titular del servicio de limpieza; la representación legal de Limasa, y el comité de empresa, tal y como han precisado desde el Gobierno andaluz.

Los servicios mínimos establecidos equilibran el derecho de los trabajadores a la huelga reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución española con la protección de los que tienen los ciudadanos a recibir el servicio municipal de limpieza.