Los socios privados de Limasa ­-Fomento de Construcciones y Contrata (FCC), Urbaser y Sando- han querido reaccionar ante las exigencias de los grupos de la oposición que han puesto el foco en el polémico canon de asistencia técnica y en la necesidad de la justificación de este canon que ha reportado en estos años algo más de 26,6 millones de euros. La respuesta ha sido un dictamen jurídico que señala que el canon «no necesita ser justificado mediante facturas», pues suponen la prestación por parte de los socios privados de «su experiencia, sus conocimientos técnicos, sus habilidades profesionales, su poder de negociación, su capacidad de gestión, su capacidad ahorradora de costes, su poder financiero», en definitiva su ‘know-how’.

Solvencia técnica. El dictamen, encargado por los socios privados al catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Almería, Íñigo del Guayo Castiella, señala que en el caso de Limasa «es el socio privado el que proporciona esa asistencia técnica» y que fue escogido por el Ayuntamiento como socio «tecnológico» por esa razón y dicha asistencia figura en el contrato. Por ello el Ayuntamiento de Málaga «está obligado a reconocer y retribuir» el coste de la asistencia técnica que fija el contrato.

El «reconocimiento» de un coste por asistencia técnica «y su retribución» está ligado a la «solvencia técnica». Por ello, esa mayor «cualificación técnica» forma parte de la asistencia técnica «que ha de ser retribuida», añade el informe

El montante de la asistencia técnica se ha fijado en el contrato como «un porcentaje sobre la cifra de negocios. «Son costes standard reconocidos en el pliego». Esto significa, según el dictamen, que la asistencia técnica «se debe aplicar sobre todos servicios que Limasa presta al Ayuntamiento».

Con criterio general, el dictamen establece que la asistencia técnica constituye uno de los costes en que «incurren» las empresas que prestan servicios públicos. Este coste vendría determinado por el conjunto de servicios asociado a la gestión y prestación de dicho servicio. Son servicios que «proporcionan esas empresas» y que «soportan los costes derivados del mismo».

Las empresas proporcionan su «experiencia, conocimiento, habilidades profesionales, su poder de negociación, su poder financiero», entre otros y «su reconocimiento es imprescindible».

Su justificación no económica, más allá de estar incluido en el contrato, tiene que ver por tanto con la experiencia tecnológica que aporta la parte privada que tienen que ver con los costes derivados de la gestión» y, por ello mismo, «son imprescindibles para la ejecución del servicio público».

Escogidas por su experiencia. Dicho de otra manera el reconocimiento de estos costes «es imprescindible», porque los servicios de asistencia técnica «son el presupuesto para que se pueda desempeñar el servicio público».

A partir de ahí, «la prestación de estos servicios genera un coste que ha de resarcirse, es un coste adicional al de la ejecución material del servicio».

Cuando un ayuntamiento decide gestionar un servicio mediante una sociedad mixta, «lo hace porque quiere recabar la colaboración de un socio privado que aporte sus conocimientos técnicos y profesionales».

En el caso de Limasa, -añade el dictamen- «es el socio privado el que proporciona esa asistencia técnica». Las empresas que conforman la parte privada fueron escogidas por que pertenecen a tres grupos empresariales «con reconocida e incuestionable capacidad para prestar la asistencia técnica» «Precisamente por esa capacidad fueron seleccionados».

El dictamen señala finalmente que la asistencia técnica se da en los contratos que rigen el servicio de limpieza y recogida de muchas capitales y municipios de España, pero también se da en los contratos de otros servicios como el agua, el alcantarillado o el metro, en Zaragoza.

Señala que la cifra del 5% de retribución del socio privado en concepto de know-how es la media del sector del ciclo del agua y a modo de ejemplo revela los porcentajes por este concepto que se han establecido «en otras licitaciones similares», como un 12% en saneamiento y depuración de aguas, en Zaragoza; un 10% en el ciclo integral del agua en Huelva; o un 13% en la sociedad mixta que gestiona la construcción del metro en Zaragoza y termina recordando que en Málaga este porcentaje es del 2,5% , con una rebaja sobre el coste inicial que era el 3%.