La portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Málaga, María Gámez, ha anunciado que la formación presentará en la próxima Comisión de Accesibilidad y Seguridad una moción para que se defina el trabajo de los bomberos que pasan a segunda actividad, creando un catálogo que regule la situación de estos profesionales cuando disminuyan sus aptitudes psicofísicas.

Gámez ha explicado que, actualmente, en la plantilla de profesionales del Real Cuerpo de Bomberos de Málaga, integrado por 315 efectivos, hay 153 personas mayores de 50 años, un 49 por ciento del total que, en su mayoría "optan por la jubilación voluntaria a los 60 años", ha señalado la portavoz.

"Al igual que a estos profesionales, al PSOE nos preocupa enormemente esta situación que puede provocar problemas de organización y consecuentemente de la calidad prestada en el servicio ofrecido a la ciudadanía", ha expresado Gámez a través de un comunicado.

Los socialistas exigirán además que se establezca el número de puestos necesarios de segunda actividad "con el objetivo de que los profesionales puedan optar a su cobertura de tal forma que no suponga merma económica para el sueldo percibido, incluyendo todos los complementos", así como que se definan los criterios para beneficiarse de ésta.

La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía establece que pasarán a la situación de segunda actividad aquellos funcionarios de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento que tengan disminuidas las aptitudes físicas o psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones operativas ante siniestros, en conformidad con el dictamen de un tribunal médico, y sin que dicha disminución constituya causa de incapacidad permanente.

Según ha detallado Gámez, el procedimiento para el acceso a la situación de segunda actividad podrá iniciarse de oficio por los responsables del servicio, o a solicitud del interesado.

Además, podrá acordarse, de oficio o a solicitud del trabajador, el reingreso en el servicio activo, en el caso de que hayan desaparecido las causas que motivaron la disminución de aptitudes físicas o psíquicas, previo dictamen del tribunal médico correspondiente.