Pedro Palomeque, bombero de 43 años perteneciente al Consorcio Provincial, falleció en julio de 2009 cuando iba, junto a dos compañeros, a apagar un fuego. Murió en una carretera de Álora. En abril se celebró el juicio contra cuatro de los responsables del Consorcio, en concreto contra el expresidente, Cristóbal Guerrero, y el exgerente, José Luis Cámara, así como contra dos mandos del ente. Finalmente, el juez, apoyando las tesis de la Fiscalía, consideró que la causa del siniestro se debió a la excesiva velocidad del camión. Por ello, tanto Guerrero como Cámara fueron absueltos de homicidio imprudente, pero se les condenó por un delito contra los derechos de los trabajadores a seis meses de cárcel porque los camiones no tenían mecanismos de pesaje adecuados ni sistemas de seguridad. La familia ha recurrido el fallo y ha expresado públicamente su indignación, y hoy ha recibido el apoyo en forma de circular de cuatro sindicatos policiales, documento que estos han enviado a sus afiliados. "Que nuestro apoyo a la familia de un servidor público sirva de aviso al resto de funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad", dicen las organizaciones.

""Nadie está a salvo de que por parte de la justicia o la Fiscalía se nos trate de responsabilizar de querer ayudar, asistir o evitar cualquier tragedia cuando acudimos a ella tras recibir una llamada de emergencia", aseguran en el documento.

La circular ha sido firmada por el Sindicato Profesional de Policía, el Sindicato Unificado de Policía, la Confederación Española de Policía y la Unión Federal de Policía y en el mismo expresan su "más sincera solidaridad y apoyo ante la situación que vive la familia con motivo de la celebración del juicio". Explican los sindicatos que el 29 de marzo se celebró el juicio, pero, añaden, "según parece no existía ni la pertinente evaluación de riesgos ni la necesaria formación de los bomberos en materia de seguridad laboral, así en diversos escritos que constan en la causa se dice que el camión, cuando se usaba en servicio, llevaba unos 700 kilos de más de lo legalmente autorizado, además de que no cumplía con las mínimas garantías operativas debido al mal estado general que presentaba".

De este modo, la acusación particular, que representa a la familia del fallecido, consiguió el apoyo inicial del fiscal a través de los dos primeros acusadores públicos que llevaron la causa en los dos intentos de celebración de juicio que no tuvieron lugar al ser suspendidas las sesiones. "Hasta que el tercer fiscal cambió el criterio inicial de la Fiscalía retirando la inicial acusación de homicidio y lesiones imprudentes, en base a que la culpa del accidente la tuvo el bombero fallecido por ir a un servicio de emergencia a 65 kilómetros por hora cuando la vía en la que ocurrió el accidente marcaba una velocidad máxima de 50".

Los sindicatos policiales critica que sólo se condenara al presidente del consorcio y al gerente por un delito contra los derechos de los trabajadores, absolviéndolos de homicidio y lesiones imprudentes, quedando absueltos también los dos jefes del bombero. La familia ya ha recurrido, al igual que la Fiscalía, pero esta última sólo pide la condena de los mandos y "no así la no imputación de los otros dos acusados por la posible comisión de los delitos de los que se les acusaba".

Los sindicatos piden a sus afiliados "que sean conscientes de las consecuencias que puede traer consigo el hecho de que tengáis un accidente laboral en cualquier tipo en acto de servicio como, desgraciadamente, ya los hemos sufrido con demasiada frecuencia en nuestras propias carnes dentro de la Policía Nacional y que, como estamos viendo en el ejemplo que os describimos en esta circular, cuando vienen mal dadas, desde el propio afectado por el posible accidente, como su familia y hasta los mismos mandos que permiten, autorizan o, incluso, certifican los recursos materiales, en especial, los vehículos de la Dirección General de la Policía de que se nos dota, se encuentran en buen estado bajo la premisa de su validez a la hora de ser usados".