La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso presentado por el Ministerio Fiscal contra la resolución del magistrado instructor en el que acordaba el sobreseimiento libre de Luis Guerrero, exdirector del Centro Andaluz de Documentación del Flamenco, y continuaba la causa sólo con relación a Luciano Alonso, exconsejero de Educación, por posibles delitos de prevaricación administrativa y de malversación de caudales públicos.

La Sala coincide con el magistrado instructor en que el ofrecimiento que se le hizo al Guerrero a fin de que desempeñara el nuevo trabajo en la Consejería, siendo ello el motivo de su cese en el cargo anterior en la Diputación, "elimina toda responsabilidad penal por la resolución administrativa de nombramiento cuya supuesta ilegalidad no le sería imputable, pues conforme a las diligencias de prueba practicadas en esta investigación, Guerrero ninguna participación tuvo en el dictado de las resoluciones administrativas en base a las cuales prestó sus servicios como eventual en la Junta de Andalucía".

En este sentido, coinciden con el criterio del instructor en que "el hecho de el contenido concreto de las funciones por las que se le retribuyó (asesor de la Consejería en Málaga) no sean las propias del puesto para el que se le nombró (director del Centro Andaluz de Documentación del Flamenco), podría denotar una ilegalidad en su momento, pero no un delito de malversación de caudales públicos achacable o del que se hubiere beneficiado el señor Guerrero", puesto que cobró "un sueldo con cargo a los presupuestos de la Junta de Andalucía en base a la actividad efectivamente desplegada que tenía un contenido de prestación real y conforme a la función pública".