­El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dio este jueves la razón al Ayuntamiento de Málaga en relación al litigio sobre las cantidades del pago de la obra del metro que mantiene con la Junta. En una decisión que deja la puerta abierta a una posible alegación, la sala resolvió parcialmente a favor del recurso presentado por el Consistorio, para quien reduce la obligación económica con la administración autonómica a un montante de 14,3 millones de euros.

La sentencia alude al convenio firmado entre ambas instituciones en abril de 2003 para pedir al Estado su participación en la parte de la financiación de las obras que correspondía a la Junta y a la concesionaria, directa y mediante la amortización de un préstamo del Banco Europeo de Inversiones.

En ese acuerdo se dispuso que tanto el Gobierno andaluz como el Ayuntamiento adelantarían la parte que se demandaba al Gobierno, que no sería inferior a un tercio de la inversión, de forma que la Junta presentaría el 75% de 2004 a 2007 y el Ayuntamiento, el 25% restante de 2005 a 2007, por un importe total de 27,8 millones de euros.

Posteriormente, y tras otro convenio suscrito de manera unilateral entre la Junta y el Gobierno, el Ayuntamiento impugnó las cantidades exigidas al interpretar que adolecen «de falta de motivación» ya que, en su opinión, no hay referencia a expediente alguno ni a informes técnicos. En ese momento, el equipo municipal consideró también que no son de su cargo los pagos que se le reclamaban, pues la obligación que contrajo en 2003 consistía en el anticipo de una parte y en ningún caso en hacer frente a «responsabilidades no pactadas».

El alto tribunal indica que en el convenio se concreta la cantidad de 27,8 millones de euros cuando se le reclaman 32,3 millones, coincidiendo con el Ayuntamiento en cuanto a que el presupuesto consignado en las liquidaciones como valor de la obra realizada no está motivado «pues no hay forma de saber si corresponde a los costes que pudieran estar previstos en el convenio de 2003 o a los resultantes del cambio de trazado». El TSJA precisa igualmente que el Consistorio tenía la obligación de adelantar esa cantidad de 27 millones de euros de 2005 a 2007, y no por un periodo de 33 años como pactó luego la Junta y el Estado en el otro convenio del que el equipo municipal «no tuvo conocimiento hasta 2013». Es sobre esa cantidad de la que se parte, concluyendo el fallo que, como la aportación del Estado hasta 2012 para la obra, según consta en el acuerdo de 2005 con la Junta, fue de 50,4 millones de euros, «el 25 por ciento de dicha cantidad debe deducirse de la cantidad que se reclama al Ayuntamiento pues su obligación no era contribuir a los gastos de la obra sino tan sólo la de adelantar el 25 por ciento». De ahí se llega a la conclusión de que el pago pendiente se eleva a 14,3 millones.

La decisión del TSJA fue evaluada de modo muy distinta por las dos partes en disputa. Así el alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, aseguró que el fallo deja confortado al Ayuntamiento porque se le concede «la razón» y, además, hace que se visualice la diferencia de trato con la ciudad de Sevilla, a cuyo gobierno municipal se le exoneró del anticipo. La Consejería de Fomento y Vivienda cree que la decisión es positiva en la medida que reconoce expresamente que el Consistorio debe atender sus pagos por la explotación del suburbano, si bien pide tiempo para analizar el fallo y conocer de primera mano los criterios técnicos usados por el tribunal. En este punto, no descarta presentar un recurso.