­La Ley de Jurisdicción Voluntaria, que atribuía a los notarios la facultad de casar y divorciar para descongestionar los juzgados, ha cumplido un año y a fe que los malagueños han hecho uso de ella. No sólo son los andaluces que más acuden a las oficinas notariales para casarse (188 matrimonios entre junio de 2015 y el mismo mes de 2016), sino que también son los que más se divorcian ante los fedatarios públicos (257). Si se comparan estas cifras con los números del país, los malagueños son los terceros ciudadanos españoles, tras madrileños (462) y barceloneses (463), que más van a los notarios a casarse y a divorciarse (1.100 divorcios en la capital y 441 en la Ciudad Condal), según los datos del Consejo General del Notariado.

Esta norma tiene la ventaja de que descarga los juzgados y el Registro Civil, dado que en España se han casado 2.300 parejas ante notario y se han divorciado casi 4.600, pero la desventaja es que hay que pagar estos trámites.

La celebración del matrimonio puede hacerse ante cualquier notario, una vez obtenido el expediente previo en el Registro Civil. El profesional tiene dos días para remitir la escritura pública al Registro Civil para su inscripción. Las bodas se celebran de lunes a viernes y la ley exige a los fedatarios que lean los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil en presencia de dos testigos. Tras el asentimiento de los contrayentes, estos firman una escritura pública. La ceremonia es un acto sencillo y rápido, pero puede adornarse previo acuerdo entre el notario y la pareja.

El divorcio ante notario, por su parte, tiene que ser de mutuo acuerdo y sin hijos menores o con hijos con la capacidad modificada judicialmente que dependan de ellos. La pareja puede elegir a cualquier notario del último domicilio común o de la residencia habitual de los solicitantes. El matrimonio ha de ir acompañado de un abogado y con el convenio de divorcio redactado.

El notario, además, les puede aconsejar sobre bienes en común y la liquidación del régimen matrimonial. Si todo es correcto, la escritura pública puede estar firmada en 24 horas. Una vez rubricada, el fedatario dispone de dos días para comunicarlo al Registro Civil.

Para el secretario provincial del Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia (STAJ), Juan Antonio Luque, el problema es que hay un movimiento para privatizar el Registro Civil sacándolo de la Administración de Justicia para entregárselo a los registradores de la propiedad.

El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero aprobó la reforma de la Ley 20/2011 sobre registros civiles que habría la puerta a desjudicializar el servicio. STAJ considera que esta ley, que entra en vigor el 30 de junio próximo, tendrá graves problemas para llegar a buen puerto porque necesita de mucha inversión, al salir el registro de la Administración de Justicia y suscribirla a la General del Estado o las comunidades autónomas (nuevas dependencias, interconexión informática con ayuntamientos, hospitales, etcétera...). Pero luego Alberto Ruiz-Gallardón aprobó un decreto por el que se entregaba el control de los registros a los registradores de la propiedad, con lo que los tres mil funcionarios de Justicia que trabajan en estas oficinas pasarían a otros menesteres y se amortizarían muchas plazas. Además, los registradores de la propiedad cobran, lo que encarecería un servicio público modélico.

En Málaga, son 26 los trabajadores del Registro Civil. Luque explica que el Gobierno quiere imponer una Ley de Registros Jurídicos que consistirá en una privatización encubierta de estas oficinas. «Cobran por arancel, lo que lleva aparejado que un servicio que ahora es gratuito deje de serlo».

Asimismo, recuerda que la idea es que los expedientes de nacionalidad puedan tramitarse telemáticamente ante la Dirección General de Registros y Notariado, «por lo que algunos profesionales se limitarán a escanear la documentación y mandarla a Madrid, sin intervención del Registro Civil», apunta, para insistir en que las partidas de nacimiento o defunción están ahora mismo digitalizadas pero han de solicitarle ante el registro de la ciudad en la que el interesado nació. Es decir, si usted nació en Cuenca pero vive en Málaga debe dirigirse al Registro Civil conquense. «Teniendo los medios no se están usando», aclara.

Otro problema es que hasta ahora la secretaria judicial puede delegar en los gestores la firma de certificaciones, sin embargo mientras en Navarra o Madrid estos funcionarios sí reciben gratificación económica en Andalucía la Junta se niega a pagarla. «Pedimos que los registros sigan estando en Justicia y un aumento de plantilla», concluye.