La Audiencia de Málaga ha condenado al responsable de un club por tener a 14 empleadas como chicas de alterne sin dar de alta en la Seguridad Social. Así, se le imponen seis meses de prisión y multa de 3.600 euros.

Según se declara probado en la sentencia, el acusado, como administrador único de una entidad, venía explotando un club en Alhaurín de la Torre que en abril de 2013 «daba ocupación a 20 trabajadores, entre camareros, personal de limpieza y mujeres dedicadas al alterne a cambio de la correspondiente retribución».

Así, se llevó a cabo una inspección en el centro por parte de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, junto con agentes de la Unidad Central de Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales (Ucrif) de la Policía Nacional.

Entonces, se comprobó, dice la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, que «14 de las empleadas en concepto de chicas de alterne presentes en ese momento en el local y desempeñando sus funciones no figuraban dadas de alta en la Seguridad Social al no haber sido comunicada la misma por el acusado».

De las empleadas, nueve eran españolas o extranjeras pero tenían permiso de trabajo. Por estos hechos se le condena por un delito contra los derechos de los trabajadores. Además de la pena de privación de libertad y la multa se le impone el pago de 169 euros a la Seguridad Social como responsabilidad civil.

Asimismo, se acuerda la suspensión de la ejecución de la pena de prisión por un periodo de tres años, condicionada a no cometer delitos en ese tiempo y al pago de dicha responsabilidad civil.

A esta sentencia de la Audiencia Provincial se llega con la expresa conformidad del encausado tanto con la pena solicitada por el ministerio fiscal en el transcurso de la sesión oral como con las pretensiones de la acusación particular, de forma que ni siquiera hubo que seguir el juicio, lo que, a su vez, le valió una sensible rebaja de las sentencias instadas por las partes.