La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a cinco años de prisión y a pagar una multa de 4.320 euros a un hombre que estafó a una pareja de ancianos logrando que permutaran la propiedad de su piso, ubicado en el barrio de Las Flores, por la cesión de otro de uso vitalicio más adecuado a sus necesidades, ya que los estafados tenían una avanzada edad y ella problemas severos de movilidad.

Según la sentencia, a la que tuvo acceso este periódico, el acusado, que se dedicaba a la intermediación en el mercado inmobiliario, captó la atención de una pareja de ancianos propietaria de una vivienda en la que residían ubicada en el barrio de Las Flores. «Aprovechando el deseo que ambos ancianos mostraron por cambiar de vivienda debido especialmente a la carencia de ascensor del edificio en el que residen y las dificultades que ello suponía especialmente para la mujer, quejada de problemas que afectan a su capacidad para caminar, dicha persona les propuso permutar la propiedad del referido piso por la cesión del uso vitalicio de otro más adecuado a sus necesidades, mostrándoles a tal efecto una vivienda que gustó a la nombrada pareja», dice la Sala.

El acusado aseguró que, para llevar a cabo el negocio propuesto, era necesario el otorgamiento de un poder, «y aprovechando a tal efecto el desconocimiento del hombre, a quien su mujer seguía en todo sin cuestionar su actuación, el acusado logró que la pareja otorgase un amplísimo poder notarial por medio de un tercero, ya juzgado por esta causa, concertado al efecto con aquel. Este adquirió la facultad de vender la vivienda propiedad de aquellos, que era precisamente lo que buscaba el procesado para hacerse con la misma», aseguran los magistrados.

Otorgado el poder el 4 de abril de 2007, «procedió el apoderado a vender la vivienda a otra pareja, también ya juzgados por estos hechos, quienes habiendo tomado conocimiento del propósito del acusado, consintieron en la transmisión con la finalidad de ocultar su nombre como destinatario último del inmueble».

La venta se llevó a cabo el 26 de abril de 2007 y transcurrieron unos meses antes de que los nuevos adquirentes, siguiendo el plan trazado por el intermediario, «le transmitieran el piso, lo que se llevó a cabo por escritura pública otorgada el 3 de agosto de 2007». Posteriormente el mismo, actual titular de la vivienda, obtuvo de una entidad financiera un préstamo hipotecario por importe de 112.000 euros con la garantía del inmueble.

Penas

Además de los cinco años de prisión, la multa y el pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular, deberá restituir la casa a la pareja libre de cargas, con el pago de gastos, «a determinar en ejecución de la sentencia, que por todos los conceptos fuesen precisos para la reversión de la vivienda a dichas personas y, para el caso de que dicha reversión no fuese factible, la que en igual fase se fije como precio actual de un inmueble similar». Contra la sentencia, que aún no es firme, cabe recurso ante la Sala Segunda del Supremo.