La empresa municipal Onda Azul ha sido condenada por despido ilegal del jefe de administración de la empresa, Alejandro Briales, que fue despedido en noviembre pasado por decisión del consejo de administración de la empresa y a instancias de la gerente de la entidad, Vanesa Martín, por irregularidades en la contratación de varias cámaras que se pagaron y nunca llegaron y por actuaciones relacionadas con la gestión de recursos humanos.

La sentencia de la titular del juzgado de lo Social número 8 es contundente en contra del despido al señalar que «no se le pueden imputar las irregularidades en los procedimientos de contratación a que se refiere la carta de despido».

La sentencia desmonta todas las acusaciones vertidas contra Briales en el escrito de despido y afirma que su intervención en ambos expedientes de compra fue la correcta, al actuar como un «órgano de gestión y apoyo a la gerencia más que de un órgano decisorio», limitándose a «contactar con los licitadores y recopilar las ofertas».

La sentencia también le exime de cualquier responsabilidad por el hecho de que Onda Azul pagase el importe de las cámaras por adelantado y afirma que esos pagos «tampoco le son imputables», pues, aunque entre las funciones de su puesto de trabajo figura que es responsable de tesorería y de gestión de pagos a proveedores, «es el ordenante de pagos quién determina qué facturas deben pagarse y en qué condiciones», siendo esta una responsabilidad propia «que recae en la gerencia».

Respecto a las acusaciones relacionadas con la gestión de los recursos humanos y, en concreto, de no haber dado cumplimiento al plan de ajuste al haber cobrado cantidades superiores a los 30.000 euros que tenía de sueldo tope por el recibo de horas extras o por haber mejorado las condiciones laborales de dos empleados de la empresa, «sin aprobación ni conocimiento del consejo de administración», la sentencia es igualmente clara al eximir a Briales.

La sentencia aclara que es el consejo de administración de Onda Azul y por delegación el gerente de la empresa, los que ostentan la facultad de seleccionar, formar y fijar la retribuciones del personal, por lo que la responsabilidad de Briales es la de «gestionar» los recursos humanos «no la de ejecutarlos». Y deja claro que tanto de «la modificación de las condiciones laborales» de Briales, como de las «condiciones contractuales que afectaron a los dos empleados de Onda Azul «no puede imputársele responsabilidad», pues en ambos casos se trata «de decisiones de la gerente no constando la intervención del trabajador en las mismas, sin que tampoco sea función suya la fiscalización o intervención de las decisiones de la directora gerente».

Por ello, la sentencia condena a Onda Azul a que readmita a Briales en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o bien a que le abone una indemnización de 24.789 euros.

El fallo judicial supone un durísimo varapalo a la actuación de la gerente Vanesa Martín, que fue la inductora y promotora del despido que el juzgado ha considerado ahora ilegal; todas las acusaciones formuladas por Martín en su expediente de despido han quedado desacreditadas por la sentencia, que estima que «no se le pueden imputar las irregularidades en los procedimientos de contratación a que se refiere la carta de despido».

La sentencia señala también a los miembros del consejo de administración que votaron a favor del despido; es el caso de los consejeros del PP, de Ciudadanos y de Málaga Ahora.