La ordenanza municipal de playas del Ayuntamiento de Málaga tiene muy clara las actividades que son motivos de sanción y que diferencia en dos grandes grupos en función de su impacto en el entorno. Hay sanciones leves, que no superan los 300 euros de importe, y graves, que pueden oscilar entre 301 y 3.000 euros, en función de su gravedad o reincidencia. Estas son las principales sanciones por tipo:
Infracciones leves. Hasta 300 euros
- Utilizar aparatos de música que molesten a la gente.
- Bañarse en la zona de varada de barcos.
- Aparcar el coche.
- Acampar en la playa.
- Navegar cerca de la zona de baño, incluido los hidropedales.
Infracciones graves. Hasta 3.000 euros
- Depositar materias que puedan contaminar o causar accidentes.
- Varar una embarcación fuera de la zona señalizada.
- Practicar un deporte cerca del público.
- Tener animales en la playa.
- Hacer fuego en la arena o usar bombonas o líquidos inflamables.
- Limpiar enseres de cocina en las duchas o deteriorarlas. Usar gel o jabon en las duchas o el mar.
- Venta ambulante de alimentos.
- Pescar fuera del horario y lugar.