El nacimiento de un bebé siempre es una buena noticia. En las sociedades desarrolladas más aún, ya que la población envejece a pasos agigantados, la esperanza de vida aumenta también y van camino de convertirse en ciudades ancianas, donde apenas habrá niños. Más allá de que en el futuro estos puedan pagar las pensiones de aquellos y que el sistema lo resista, la llegada al mundo de un recién nacido es motivo de felicidad. Los meses de embarazo se convierten en una espera ilusionada, de revisiones ginecológicas, de preparativos, de compras... y desde ahora también de meditar ya no solo el nombre del niño o de la niña, sino también el orden de sus apellidos. La reforma del Código Civil puede provocar que los más comunes queden relegados en la decisión de los padres.

En Málaga, como en la mayoría de provincias españolas, los García mantienen la hegemonía de los patronímicos. Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondientes a 2016, en Málaga hay 50.764 personas que tienen el García como primer apellido (y 50.461 que lo tienen como segundo). El segundo lugar de este ranking lo ocupan los González (33.686 personas se apellidan así en la provincia). Le siguen los Sánchez (32.846), los Fernández (32.004) y los López (30.319).

La reforma, que entró en vigor el pasado 30 de junio, obliga a los padres a hacer constar de manera expresa el orden de los apellidos del niño en la solicitud de inscripción en el plazo máximo de tres días. De la misma forma que eligen el nombre, ahora también han de elegir el orden de los apellidos. Las familias esgrimen dos argumentos, aparentemente incontestables. Ya que dan la opción de escoger, por qué no hacerlo. En primer lugar, porque hasta ahora siempre el apellido materno terminaba perdiéndose en el limbo del árbol genealógico. Quien tenía una o varias hijas, sabía que su descendencia no llevaría su apellido. Es una razón. La otra, que si el apellido del padre es demasiado común, las familias prefieren invertirlos si el de la madre es menos usual o más llamativo. Y eso puede suponer el fin de la supremacía de los García, los González y los Sánchez. ¿Más motivos? La combinación de apellidos no suenan bien en el orden establecido, o al combinarlo con el nombre elegido para el bebé.

La reforma que entró en vigor el 30 de junio lo que hace es obligar a que tanto el padre como la madre consensúen el orden de los apellidos. Sin embargo, los ciudadanos tienen derecho desde hace mucho a poder cambiar sus apellidos y también su nombre. No es algo que solo pase en Los Simpsons. Los trámites necesarios para ello se explican en la web del Ministerio de Justicia.

Para que se autorice debe acreditarse que el afectado por el cambio usa y es conocido por el apellido que solicita. Ese uso y conocimiento no puede crearse intencionadamente para conseguir el cambio; que los apellidos nuevos pertenecen legítimamente al interesado; y que los apellidos que resulten del cambio, no pertenezcan a una sola línea, sino que sean uno de la paterna y el otro de la materna.Excepciones

Con todo, las normas del Registro Civil tienen en cuenta determinados casos en los que algunos requisitos no son exigibles, como que los apellidos sean contrarios al decoro, o cuando el solicitante sea víctima de violencia de género tras obtener alguna medida cautelar de protección judicial, y en cualquier supuesto en que la urgencia de la situación así lo requiera.

Cayetana Cuesta de Sosa nació el 15 de abril y sus padres tuvieron claro que serían tradicionales a la hora de mantener el orden de sus apellidos. «Al fin y al cabo, Cuesta tampoco es un apellido común, pero si lo hubiera sido tampoco nos hubiéramos planteado cambiar. Además no me molesta en absoluto que lleve el apellido de su padre en primer lugar», explica Desirée de Sosa, su feliz madre. Esta niña que está a punto de cumplir tres meses de vida, llegó al mundo lógicamente antes de la entrada en vigor de la reforma del Código Civil.