El Juzgado de lo Penal número 8 de Málaga volvió ayer a suspender el juicio previsto al que fuera administrador único de la promotora Aifos, por un delito de insolvencia punible por, presuntamente, traspasar a otra empresa, de la que también era dueño, bienes con el fin de ocultárselos a los acreedores y evitar embargos. La vista oral se volvió a fijar para el 18 de abril de 2018.

Este juicio se suspendió varias veces y en esta ocasión el aplazamiento se produjo debido a que un testigo que faltó es el autor de un informe aportado por la defensa con el que se pretende justificar los movimientos de una empresa a otra, que está impugnado por la acusación particular, con lo que debe ser valorado en la vista.

En esta causa, que ha tenido más de ocho años de instrucción, la acusación la ejerce el despacho Ley 57 Abogados en nombre de sus clientes, que solicita para Jesús Ruiz Casado cuatro años de cárcel por, presuntamente, traspasar a otra empresa, de la que también era administrador, un total de 138 fincas. Por su parte, la Fiscalía malagueña no acusa.

Así, la acusación particular en esta causa, dirigida por el letrado Carlos Cómitre, en representación de un matrimonio que compró una vivienda a la promotora, que nunca recibió, considera que el objetivo de Jesús Ruiz Casado para llevar a cabo ese traspaso era «ocultar» a los acreedores de Aifos, en liquidación desde finales de 2014, esos bienes y evitar acciones judiciales sobre los mismos.

Según el escrito de conclusiones provisionales del abogado, el acusado «diseñó y orquestó una aparente operación de dación en pago» de 138 fincas por valor de 17,2 millones de euros más IVA a otra sociedad de la que también era administrador. Se precisa que la mayoría de éstas estaba libre de carga, «frente al restante patrimonio de Aifos, que se encontraba hipotecado» en su mayor parte.

De esta forma, se indica en dicho documento de la acusación particular, al que tuvo acceso Europa Press, que estos bienes «se ocultaron a los acreedores evitando que los mismos fueron objeto de procedimientos de apremio y persecución en los más de 400 pleitos iniciados contra Aifos antes de que se orquestara la pretendida dación en pago».

Entre las fincas se encontraba, según consta en las conclusiones iniciales de esa parte acusadora, «el derecho de vuelo sobre la planta baja de tres bloques de la promoción Terrazas de Torreblanca», en la localidad de Fuengirola, cuyo embargo preventivo se ordenó por un juzgado, aunque no se pudo trabar por esa dación en pago.

Esta parte considera que ese derecho de vuelo cedido «sólo tiene valor real dentro del patrimonio de Aifos, pues se refiere a una de sus construcciones ya realizadas».