Un hombre ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Málaga a cincuenta y ocho días de trabajo en beneficio de la comunidad por un delito de maltrato familiar de obra a sus padres, de 84 y 86 años, tras verse desbordado por las necesidades y cuidados que necesitaban.

El procesado también ha sido condenado por un delito leve de vejaciones a un mes de multa con una cuota diaria de tres euros y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por un año, según la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe.

Además se le prohíbe comunicar o aproximarse a su madre a una distancia inferior a cien metros durante tres meses.

En la sentencia se considera probado que el acusado se encarga de atender las necesidades y cuidados de sus padres pero se vio "desbordado" por las atenciones que, fundamentalmente el padre requiere, como su higiene, traslados desde la cama a la silla de ruedas y viceversa.

Debido a ello, había solicitado ayuda a los servicios sociales en varias ocasiones sin que su demanda se viera satisfecha y "fruto de esa incapacidad" perdió los nervios y en su "desesperación" profirió a sus padres expresiones vejatorias.

El 19 de enero de 2017 la madre llamó a la policía con ocasión de uno de esos sucesos y, personados los agentes, el acusado al abrir la puerta propinó un empujón a su madre sin que le ocasionara lesión alguna.

La sentencia fue recurrida por el encausado tras ser condenado por el Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga y ahora la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso y ha confirmado el fallo.

En los fundamentos de derecho, los magistrados explican que tras el análisis de la situación familiar se refleja el "desbordamiento" sufrido por el acusado en el cuidado de sus padres y que debido a ello se han decantado por un delito leve de vejaciones, en lugar de un delito contra la integridad moral.