­El Consejo de Ministros aprobó ayer la norma por la que se obliga a las plataformas de alquiler de viviendas de uso turístico, como Airbnb, HomeAway, Wimdu o Niumba, a enviar a la Agencia Tributaria a partir del próximo mes de julio la información relativa a los propietarios y los clientes. La entrada en vigor de la declaración informativa de la cesión de viviendas con fines turísticos está prevista para el mes de julio y conllevará también la obligación de presentar informes periódicos, con el objetivo de que declaren «con más detalle» su actividad, en el marco de las actuaciones que viene realizando el Ministerio de Hacienda en los últimos años para reforzar la vigilancia sobre el alquiler vacacional y en el mayor control normativo sobre las empresas de alquiler de viviendas y vehículos.

La declaración será obligatoria para personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios, en particular, las personas o entidades constituidas como plataformas colaborativas que intermedien en la cesión de uso y tengan la consideración de prestador de servicios de la sociedad de la información.

La información a suministrar tendrá que contemplar la identificación del titular de la vivienda, la del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinta del titular de la vivienda) y la de las personas o entidades cesionarias.

Asimismo, deberá procederse a la identificación del inmueble con especificación de la referencia catastral, en su caso; del número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos y del importe percibido, en su caso, por el titular cedente del derecho.

El año pasado la AEAT avisó a un total de 21.500 contribuyentes de que tenía constancia de que habían alquilado un inmueble, y que, por tanto, tenían que incluir el dinero que hubiesen recibido por este concepto en su declaración.Información del IVA

Esta es una de las medidas que se encuentra entre los cuatro reales decretos aprobados este viernes por el Consejo de Ministros, que modifican los Reglamentos de desarrollo de la Ley General Tributaria: el Reglamento de Aplicación de los Tributos, el Reglamento General de Recaudación, el Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario, el Reglamento General de Revisión en Vía Administrativa, además del real decreto por el que se regula el Consejo para la Defensa del Contribuyente.

Junto a la nueva obligación de información para intermediarios en arrendamientos turísticos, se aprobó el desarrollo reglamentario del nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información en el IVA (SII).