Tras más de quince años de lucha estéril por atajar el ruido en el Centro, proveniente especialmente de los negocios de hostelería, el Ayuntamiento de la capital ha decidido pasar a mayores con la aplicación de medidas más drásticas que implican limitaciones en los horarios de cierre y restricciones en el otorgamiento de nuevas licencias para este tipo de establecimiento. Las medidas afectarán a más de 100 calles del Centro y a tres calles de la zona de El Romeral, en Teatinos.

Las medidas se concretan en la declaración de zonas acustícamente saturadas que la junta de gobierno acaba de aprobar esta mañana, inicialmente.

De un lado se suspende la apertura de nuevos establecimientos de hostelería en estas dos zonas durante el periodo de vigencia del decreto (un año). De otro se recorta en una hora el horario de cierre de los establecimientos con terrazas exteriores, que pasaran de cerrar a las 2.00 horas de la madrugada a la 1.00 horas. Esta limitación horaria será sólo de lunes a viernes, de manera que los fines de semana podrán seguir cerrando a las 2.00 horas. Tampoco se aplicará esa limitación horaria en los meses de verano ni en los periodos de Navidad, Semana Santa, Feria o Carnaval.

Se aplicarán otras medidas como que los establecimientos con música ambiente deberán funcionar con las puertas y ventanas cerradas a partir de las 12 de la noche, para impedir la salida de ruido y que los clientes consuman en la puerta del establecimiento. Estos negocios deberán designar a una persona responsable de garantizar esta medida.

Igualmente, a partir de la hora señalada para el cierre, los establecimientos con actividad musical deberán cesar toda la música y no se podrán servir mas consumisiones ni permitir la entrada de mas personas a la vez que se deberán encender todas las luces para facilitar el desalojo en el pazo de 20 minutos.

El acuerdo que declara zonas saturadas a estas dos áreas ha sido aprobado hoy en la junta de gobierno. Ahora deberá ser aprobado en el pleno de febrero y entrar en el periodo de alegaciones. El equipo de gobierno calcula que para abril podrá estar aprobado definitivamente y listo para entrar en vigor por un periodo de un año.

El portavoz del equipo de gobierno municipal, Carlos Conde, acompañado por los concejales de Sostenibilidad Medioambiental y Reactivación Económica, Raúl Jiménez y María del Mar Martín Rojo, respectivamente, han explicado que esta medida se adopta con relación al ruido que genera en las zonas estudiadas la participación de la ciudadanía en actividades relacionadas con el ocio e independientemente de otras iniciativas que pueda estudiar el Ayuntamiento con relación a la actividad comercial en el ámbito de actuación. Asimismo, han destacado el hecho de que "la ciudad de Málaga cumple rigurosamente con la normativa europea en materia de ruido ambiental, que evalúa y gestiona el generado por el tráfico rodado y las actividades industriales".

Las calles declaradas acústicamente saturadas, situadas en el centro histórico y la zona de El Romeral en Teatinos relacionado con las actividades de ocio y se enumeran en un anexo a dicha propuesta. Las zonas son las sombreadas en azul en el siguiente plano del Centro:

En el caso de Teatinos, las calles declaradas acústicamente saturadas son estas:

Propuesta de actuación

La declaración como zona acústicamente saturada conlleva la aplicación de medidas de carácter genérico y otras de carácter específico. Las de carácter genérico, son de aplicación en todas las zonas independientemente del grado de afección:

  • Con el fin de no crear más focos de ruido, queda suspendida la apertura de nuevas actividades, o la ampliación de establecimientos de hostelería (restaurantes, autoservicios, cafeterías, bares, bares-quiosco y pubs y bares con música) y establecimientos de esparcimiento (salas de fiesta, discotecas, discotecas de juventud y salones de celebraciones). Se podrán realizar reformas en las actividades existentes siempre y cuando su objetivo sea el adaptarse a las nuevas normativas o evitar la concentraciones de gente en el exterior de los locales. Aquéllas actividades que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local se consideren de interés general para la ciudad, podrán ser exceptuadas de esta suspensión.
  • Se permitirá la transformación y/o el cambio de actividades para evitar las destinadas a hostelería y esparcimiento. Aquellos establecimientos que ejerzan su actividad en periodo nocturno como por ejemplo discotecas y pubs, y quieran transformarse en establecimientos de restauración (restaurantes, cafeterías y bares) sin equipos sonoros y con horario de funcionamiento diurno - vespertino podrán solicitar el cambio de actividad.
  • Las salas de fiesta y las discotecas solamente podrán ser instaladas en edificios no residenciales y en áreas no residenciales como establece la normativa del PGOU. Toda nueva actividad que requiera permiso de actividad clasificada en el nomenclátor de la Comunidad Autónoma de Andalucía como establecimientos de esparcimiento (III.2.9), deberá ser instalada en áreas que no posean un uso ni residencial, ni sensible (sanitario o docente) y tampoco podrán ser instaladas en edificios que posean dichos usos.
  • Intensificación del control del orden público. Se intensificarán los controles de la Policía Local que deberán ser preferiblemente a pie en los horarios nocturnos con el fin de evitar las masificaciones de personas y actos incívicos y de vandalismo.
  • Inspección y Control de establecimientos autorizados. Se revisarán los instrumentos de intervención administrativa de las actividades e instalaciones de la zona acústica especial, con el objetivo de hacer cumplir los condicionantes establecidos para la reducción progresiva de los niveles de inmisión y alcanzar los objetivos de calidad acústica establecidos. Se evaluarán las autorizaciones de ocupación de la vía pública concedidas, comprobando que se ajusten a las condiciones de la autorización o de las obligaciones impuestas en la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública de Málaga y tramitará las dispensas en los objetivos de calidad acústica en los supuestos en los que previsiblemente éstos se superen según lo previsto en la Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de Ruidos y Vibraciones del Ayuntamiento de Málaga.
  • Planes de control. El Ayuntamiento implantará un sistema en continuo de monitorización y gestión de la contaminación acústica en el ámbito territorial de las ZAEs, mediante la instalación en distintos puntos de dispositivos de medida con módulos de transmisión telemática de datos para su tratamiento informático con una herramienta de gestión.
  • Se adoptarán medidas de concienciación y sensibilización social.
  • Se favorecerá la mejora del aislamiento de las fachadas.
  • Se analizarán y valorarán las medidas a adoptar para no aumentar los niveles de ruido con la prestación de los diferentes servicios públicos y otros como el reparto de mercancías o la limpieza del viario.

Las medidas de carácter específico, que se aplicarán por espacio de 1 año tanto las zonas del centro histórico como en El Romeral, hacen referencia principalmente a limitaciones horarias:

  • A partir de las 00:00 horas, los establecimientos con música ambiente y similares, ubicados en las zonas objeto de la declaración, funcionarán con puertas y ventanas cerradas, con el fin de evitar la emisión de ruidos del propio local al exterior.
  • Los titulares de los establecimientos deberán velar, disponiendo de los medios necesarios, para que los usuarios, al entrar y salir o permanecer en el exterior del local, no produzcan molestias al vecindario. A partir de las 00:00 hrs. y hasta el cierre del local, se designará a una persona responsable de garantizar, de manera proactiva, este aspecto.
  • A partir de la hora señalada como de finalización o cierre, los establecimientos que cuenten con cualquier tipo de actividad musical deberán cesar toda la música y no se podrán servir más consumiciones. No se permitirá la entrada de más personas al establecimiento y se encenderán todas las luces para facilitar el desalojo de los establecimientos que deben quedar vacíos de público y cerrados al mismo en el plazo máximo de 20 minutos.
  • Horarios de funcionamiento de las terrazas/veladores en la Zonas Acústicamente Saturadas del Centro Histórico y El Romeral se retirarán en el siguiente horario: en otoño e invierno se cerrará a la 1.00 horas de la madrugada de lunes a viernes; mientras que en fin de semana se retrasa el cierre una hora más. En primavera y verano, el cierre será a las 2.00 horas durante todos los días de la semana.
  • Se exceptúan los períodos festivos como Semana Santa, Navidades, Carnaval, Feria, o aquéllas fechas que, con carácter excepcional y con un límite de 70 días al año, acuerde motivadamente la Junta de Gobierno Local al inicio de cada año. Los periodos otoño/invierno y primavera/verano coincidirán con las fechas de los cambios horarios. Las terrazas y veladores dispondrán de un máximo de 20 minutos para que éstas queden totalmente recogidas.
  • Durante el proceso de montaje y desmontaje de terrazas, se vigilará con atención y se evitará el arrastre de sillas y mesas, o cualquier otra actividad que produzca ruido durante el periodo nocturno comprendido entre las 23.00 y las 07.00 horas.