Una sentencia del jugado Contencioso Administrativo número 4 de Málaga puede ayudar a despejar el camino del proyecto para la construcción de un hotel en Hoyo de Esparteros firmado por Rafael Moneo, que lleva diez años estancado. La sentencia, que puede ser recurrida, es clara y contundente. El acuerdo tomado en el consejo rector de Urbanismo del 12 de junio de 2016, por el que se denegaba la aprobación del proyecto de urbanización de Hoyo de Esparteros y también la licencia de obras, "es nulo" por "no ser ajustado a derecho", por lo que el fallo de la sentencia "revoca y deja sin efecto alguno" esa decisión.

El fallo declara que "resulta procedente" la "aprobación definitiva del proyecto de urbanización". La sentencia deviene del recurso presentado por la promotora del proyecto, Braser, que argumentó que la denegación del proyecto no se ajusta a derecho, ya que la aprobación de un proyecto de urbanización "es un acto reglado, por lo que constando los informes técnicos y jurídicos favorables, debía de haberse aprobado con caracter imperativo".

La sentencia, respalda los argumentos jurídicos expresados por la promotora en su recurso, a la vez que estima impropios los expresados por los recurridos, IU Málaga para la Gente y Málaga Ahora. En concreto, la sentencia considera que la aprobación del proyecto de urbanización "no puede quedar condicionado" al abono de las cantidades reseñadas en el convenio urbanistico firmado por el Ayuntamiento y la promotora Braser, de 4,8 millones de euros, pese a que aún no ha sido satisfecha. La sentencia considera que el pago de esa cantidad tiene que ver con el convenio urbanístico, pero esto "es una cuestión independiente de la aprobación del proyecto".

Respecto a la falta de solvencia económica de la promotora, argumentada por los grupos que denegaron la aprobación del proyecto, la sentencia señala que se trata de una cuestión "ajena a la aprobación o denegación del proyecto". Por todo ello, una vez examinados los informes técnicos y jurídicos y toda la tramitación "se constata la procedencia de la aprobación del proyecto" y estimando "no ajustado a derecho" el acuerdo que denegó dicho proyecto.