La nueva Ley de Contratos Públicos que lleva más de cuatro meses en vigor y que pretende servir de arma contra la corrupción se ha topado con un gran obstáculo cuando ha llegado a los ayuntamientos: la falta de claridad en la definición de determinados puntos de su articulado. Así lo certifican alcaldes y funcionarios públicos consultados durante los últimos días por este periódico. Aseguran que es un documento importante y cuyos objetivos son de sobra conocidos, pero que carece de la necesaria seguridad jurídica y solicitan que se desarrolle en tal sentido lo antes posible.

El alcalde de Vélez Málaga, Antonio Moreno Ferrer (PSOE), máximo responsable del tercer ayuntamiento de mayor población de la provincia es tajante: «No nos ha sorprendido el texto, porque llevaban ya bastante tiempo anunciándolo, pero sí la inseguridad que a los funcionarios les acarrea». Así, ha mostrado su preocupación sobre cómo se realizarán los contratos de menor importe este año, mientras se aclaran aspectos vitales de la nueva normativa. «Los funcionarios, como es lógico, en caso de duda se agarran a la medida más restrictiva», relata. No obstante, la legislación ya en vigor no es de aplicación únicamente en España, «procede de la directiva europea en materia de contratación», relata un empleado público del Consistorio de Torremolinos.

El cambio legislativo, aprobado por amplia mayoría en el Congreso y que traspone al ordenamiento jurídico español las directivas europeas en materia de contratación, introduce medidas para mejorar la transparencia, la agilidad y el control en las adjudicaciones, limitando la posibilidad de contratación sin publicidad y estableciendo la obligación de la factura electrónica y la posibilidad de pago directo de la administración a los subcontratistas.

Este cambio legislativo, que también busca frenar la corrupción en las administraciones con un mayor control sobre las adjudicaciones y un aumento de las limitaciones de los contratos menores de adjudicación directa, ha significado un absoluto terremoto interno en las administraciones locales, sobre todo por las modificaciones introducidas en los contratos de menor cuantía económica, uno de los objetos de la nueva ley de contratos públicos, lo que supondrá un significativo aumento en la carga de trabajo de los funcionarios municipales.

A partir de ahora, según explican fuentes del Ayuntamiento de Málaga capital, «para suscribir cada contrato menor» se exige un informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato, donde se justificará «que no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación» y que el contratista no ha suscrito más contratos menores con el ayuntamiento que, individual o colectivamente, superen unas cifras que, a su vez, también han sido modificadas.

Principal cambio normativo

Hasta la entrada en vigor de la nueva ley, se podían firmar contratos directos para obras que no superasen los 50.000 euros y en servicios por un coste inferior a los 18.000 euros (siempre sin contar el IVA). Sin embargo, esas cifras se han visto reducidas con la nueva ley, pasando a 40.000 euros para obras y 15.000 para servicios.

A día de hoy, las administraciones locales «siguen trabajando en la interpretación concreta de la nueva ley con continuas reuniones de carácter técnico en las que tiene mucho que decir el interventor, según confirman fuentes municipales». En algunas grandes capitales, por ejemplo, hasta la entrada en vigor de la nueva ley se venían suscribiendo una media de unos 14.000 contratos menores al año.

Como confirma Moreno Ferrer, el referido regidor veleño, entre los artículos cuya interpretación más problemas está generando en los ayuntamientos destaca la adjudicación de contratos menores a una misma empresa en función del objeto del servicio o de la obra en cuestión. De hecho, la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, dependiente del Ministerio de Hacienda, ya ha emitido varias resoluciones sobre la interpretación de los artículos relativos a los contratos menores, en las que subraya que la ley «no contempla una limitación a estos contratos con un mismo operador» cuando las prestaciones sean «cualitativamente diferentes y no formen una unidad».

Es decir, según la interpretación de Hacienda que tantos quebraderos de cabeza está provocando en los municipios, es posible adjudicar contratos menores con el mismo contratista, pero justificando que no se dan las circunstancias prohibidas. Así, la nueva limitación de suscribir contratos menores con una misma empresa dependerá del objeto del servicio o la obra, siempre que se firmen dentro un periodo menor a un año.

Por otro lado, las modificaciones legislativas también buscan dar más oportunidades a las pequeñas y medianas empresas en las contratas más cuantiosas. La nueva ley apuesta por la obligatoriedad de fraccionar en lotes los grandes contratos (si no es posible, la administración deberá justificarlo), flexibilizar los requisitos de solvencia de las empresas y no exigir a las sociedades con menos de cinco años la acreditación de trabajos previos con la administración pública. Además, en la nueva ley se sustituye el criterio de adjudicación sobre la oferta económica más ventajosa, al establecerse «el de mejor relación de calidad-precio».

Entre las novedades que incluye la legislación también sobresale la limitación del uso del contrato negociado por criterios de precio, que hasta la fecha permitía a la administración invitar a tres empresas a un concurso sin publicidad. Ahora, según recoge la nueva ley aprobada por el Congreso de los Diputados, se apuesta por el contrato abierto simplificado, con una duración del proceso de contratación que rondará el mes, pero con publicación obligatoria. Según el Ministerio de Hacienda, la nueva ley de contratos supone una «apuesta decidida» para mejorar la transparencia, buscando además primar la calidad de las obras y servicios. Así aspira a «marcar un antes y un después en este ámbito, a partir de un cambio en la filosofía tradicional de la contratación pública».