La operación para reclamar a Limasa. El pasado viernes se presentaron las primeras 21 demandas de reclamación de cantidades, y a lo largo de esta segunda quincena de julio está previsto que se presenten en torno a 150, según señala el Stal (Sindicato de Trabajadores de la Administración Local) que ganó la sentencia y que ya está preparando el servicio jurídico del sindicato. De las primeras 21 demandas presentadas la más alta es de 23.086 euros, corresponde a un operario de limpieza del turno de noche; la más baja, de un operario servicio de limpieza diurno, es de 21.387 euros.
Las reclamaciones de cantidad se han presentado en el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC), como paso previo, si no hay acuerdo, a su presentación en el juzgado de lo Social que corresponda.
Como texto común todas las reclamaciones señalan que, en julio de 2017, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), decretaba la nulidad de la decisión empresarial de no aplicar el convenio colectivo y condenaba a la empresa Limasa a reponer a los trabajadores afectados a las condiciones que tenían con anterioridad «a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo fijadas por la empresa», fallo que fue ratificada por el Tribunal Supremo.
Las reclamaciones se establecen desde enero de 2012 a junio de 2018 y contienen una subida del 2,4% correspondiente al año 2012, una vez aplicada la cláusula de garantía salarial; así como de una subida anual del 2%, para el resto de las anualidades, según se establece en convenio, salvo para la bolsa de Navidad. De esta manera las reclamaciones contienen todo lo que no se ha cobrado durante estos años en concepto de salario base, plus de nocturnidad, plus extrasalarial y plus complementario, además de las pagas de productividad y las extras de Navidad, julio, marzo y septiembre y se incluyen los 68 euros de la ayuda de diciembre.
Respecto a los festivos el convenio fijaba la posibilidad de trabajarlos, a voluntad del operario. Sin embargo desde febrero de 2012 la empresa eliminó esa voluntariedad y prohibió a los fijos trabajar en festivos. En este caso las reclamaciones presentadas optan por reclamar una indemnización por esos días, que se fija en unos 140 euros por cada uno de los 14 festivos anuales, que elevan esa indemnización a casi 2.000 euros.