­«Después de que se reúna el Tribunal Supremo el día 5 de noviembre habrá una avalancha de hipotecas por todas las que se están suspendiendo ahora», prevé Ramón Blesa, vocal de la junta directiva del Colegio Notarial de Andalucía.

Y es que, después de que la sentencia del pasado día 18 de octubre, en la que la sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo aprobó que el sujeto pasivo (el que está obligado a pagar) del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) -que es propio de los préstamos e hipotecas- es el acreedor, es decir, el banco; muchas operaciones se están suspendiendo o aplazando en Málaga, asegura Blesa.

Todo a la espera de que el Supremo se reúna en Pleno el próximo 5 de noviembre para decidir, no el contenido de la sentencia «porque esta es firme y no se puede modificar», sino si la ley tendrá o no carácter retroactivo. «Algo fundamental», señala el vocal.

Esta importancia recae en que si la sentencia es retroactiva «todo el que ha pagado el impuesto, que no esté prescrito, podría reclamar la devolución a la Junta de Andalucía». Sin embargo, si se establece que no tiene efecto retroactivo «la reclamación va a ser más complicada, pero seguro que habrá muchas reclamaciones a los bancos y los juzgados se van a colapsar tanto o más que con las cláusulas suelo», explica Blesa.

Para el presidente del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Málaga, Cayetano Rengel, la situación no está tan clara, sino que asegura que el tema está en una situación «ambigua» a la espera de la resolución del 5 de noviembre que, quizá vaya más allá de si tiene carácter retrospectivo o no. «El Pleno puede llegar más lejos», asegura.

Sea cual sea la resolución, lo que está claro para ambos es que el comprador no va a tener una bajada en el precio de la hipoteca, pues los bancos «para resarcirse de esa obligación de pagar el AJD subirán el tipo de interés o las comisiones» ya que las entidades bancarias «operan con ánimo de lucro y, de una manera u otra, todo va a recaer de nuevo en el cliente», resume Blesa. Mientras que Rengel indica que «no hay duda de que el banco no va a perder», pero que «aún están por ver» las decisiones que tomarán.

Por todo ello, Blesa afirma que los bancos están aplazando o suspendiendo firmas hasta recalcular el tipo de interés que van a cobrar. El Supremo, explica, ha cambiado «sorprendentemente» las reglas del juego; y si el Pleno indica que tiene efecto retroactivo, «cuando los clientes pidan a la Junta la devolución del AJD y la administración se lo pida al banco ya veremos si el banco no reclama a la administración por ese perjuicio tan grande. Estamos hablando de entre 5.000 o 7.000 millones de euros», advierte.

Retenciones

En cuanto a las firmas de hipoteca que sí se están llevando a cabo, Blesa subraya que se están realizando con una cláusula que retiene el dinero al deudor como sujeto pasivo hasta que se proceda a la publicación en el BOE de la sentencia del 18 de octubre (porque hasta entonces no surte efectos frente a terceros). Es decir, que el banco le está reteniendo ese impuesto a los clientes.

Pero «el impuesto se suele pagar dentro de los 15 o 20 días posteriores, y para entonces ya estará resuelto», considera. Así, «una vez que se publique la sentencia del Supremo la entidad tiene que asumir las obligaciones a su cargo que se derivan de esta», explica Blesa.

Es por esto que, según la opinión de este experto, aunque actualmente el BOE no recoja la sentencia, «si se firma una escritura y el Pleno confirma que el impuesto corresponde al banco, este va a devolver la cantidad retenida al cliente. No creo que ningún banco liquide el impuesto al nombre del cliente».

Por eso se están aplazando tantas operaciones, asegura, porque firmar y luego tener que devolver el impuesto «es un problema y trastorno mucho mayor». Aunque quizá para los clientes sí que es más beneficioso, pues les sería devuelto el impuesto mientras que el tipo de interés aún no habría cambiado. En cambio, «si caduca la oferta vinculante y el banco hace otra dirán que el impuesto lo pagan ellos pero que el tipo de interés no lo respetan».

Lo que sí deben mirar detenidamente los deudores, incidió, es si tienen algún «plazo perentorio, un plazo máximo para firmar la escritura de compraventa y no perjudicarse». Aún así, señaló que ante cualquier duda se consulte con abogados o notarios.

Por su parte, Rengel aseguró que los agentes de la propiedad inmobiliaria no están teniendo por ahora mucho problema, «no hay una cantidad de colegiados llamando para ver cómo tienen que asesorar a los clientes». Por tanto, insta a ser pacientes hasta que el Supremo tome una decisión porque «es pronto para iniciar una reclamación» y «con todo en stand-by aún no se sabe qué va a pasar» por muchas especulaciones que se puedan hacer, incide.