El Juzgado de Primera Instancia número 18bis, encargado de resolver las reclamaciones de los consumidores frente a las cláusulas abusivas de los bancos, ha dictado una sentencia que da la razón al comprador de una vivienda y obliga a la entidad bancaria a devolver el impuesto de la hipoteca.

La sentencia establecida ha condenado al banco a pagar los casi 3.000 euros de impuestos, más los gastos de notaría, registro y gestoría, haciendo un total de 3.426,26 euros.

Así lo ha asegurado el despacho que ha representado al cliente, Ley 57 Abogados, al que ha sido comunicada esta sentencia este lunes, mismo día en el que el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo delibera sobre si confirma o revoca el giro jurisprudencial dado hace unas semanas por una de las secciones de este tribunal, que falló a favor de que sean los bancos los que asuman el pago del impuesto de actos jurídicos documentados, que hasta ahora soportaban los clientes.

En este asunto, el juzgado falla a favor del consumidor, aplicando una auténtica modificación del criterio hasta ahora sustentado por el Tribunal Supremo en cuanto a quién debe ser considerado como sujeto pasivo del impuesto de actos jurídicos documentados.

Así, considera que 'hay un dato incontestable y que es que el artículo 68.2 del Reglamento del impuesto ha sido anulado y que es el que establecía, vía reglamentaria, que el sujeto pasivo era el prestatario, luego por tanto ya no existe ese precepto en nuestro Ordenamiento Jurídico. Por tanto ya no cabe hablar de ese precepto ni siquiera a efectos interpretativos' afirman desde el despacho.