La Junta de Gobierno Local tomó ayer conocimiento de la circular del Área de Promoción Empresarial que recoge una serie de instrucciones que recuerdan y establecen los requisitos que serán de necesario cumplimiento para tramitar diferentes eventos o actividades recreativas que pretendan celebrarse en la ciudad, y en especial en el Centro, por promotores públicos y privados. Se dan alternativas, también, a la celebración de eventos en otros distritos de la capital.

Se recuerda en la circular la definición de actividades recreativas y espectáculos públicos efectuada en el Decreto 195/2007; se indica asimismo el plazo establecido por dicha norma (treinta días) para solicitar la celebración de tales eventos con el objetivo de planificarlas de forma precisa. Se regulan las actividades a celebrar en la plazas de la Constitución, la Merced, la Marina, del Siglo, del Carbón, del Obispo y de Félix Sáenz, así como en las calles Larios y Alcazabilla, en la que sólo se autorizarán actividades deportivas, turísticas, sociales, culturales o institucionales.

En concordancia con las limitaciones propuestas para el Centro Histórico, se pretende asimismo abrir la planificación de actividades, incluyendo la posibilidad de que sean absorbidas por otras zonas de la ciudad contribuyendo a la dinamización de los distritos y, por tanto, de los barrios. En relación a las manifestaciones religiosas, se incluyen las previsiones contenidas en el artículo 18 de la Ordenanza de Ocupación de Vía Pública, regulando la participación del servicio de Vía Pública cuando la celebración de los mismos implique la instalación de elementos de carácter permanente en la calle.