El Consejo Rector de la Gerencia Municipal de Urbanismo, que se reúne hoy, lleva en uno de sus puntos la intención de declarar la caducidad de una licencia de obras concedida a una mercantil para levantar un edificio industrial, oficinas y aparcamientos en la esquina entre el número 303 de la avenida de Velázquez esquina con el Carril de Prebetong, en la Carretera de Cádiz.

La licencia municipal, concedida por acuerdo del Consejo de Administración de Urbanismo, se dio al promotor el 22 de noviembre de 2006, mientras que el documento expeditivo del permiso se le otorgó el 28 de marzo de 2008. Sin embargo, el 13 de julio de 2018, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) presenta un escrito y recalca que en 2009 se actualizaron las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Málaga, que «contemplan nuevas maniobras de aproximación en la pista 30 y despegue en la 12». Así, la edificación existente en esta parcela «representa un obstáculo para tales maniobras», pidiendo la nulidad de la licencia concedida.

Además, explica Urbanismo, ha transcurrido «ampliamente el plazo de tres años establecido para la ejecución de obras». El 17 de octubre de 2018 se incoó el procedimiento de declaración de caducidad de la licencia de obras, dándosele 15 días al interesado, que pidió una copia de la carta de Aena y pidió más tiempo para alegar. Finalmente, el promotor, que transmitió la licencia de una a otra compañía, subraya que «no cabe la declaración de caducidad de la licencia en tanto que existe una voluntad inequívoca de la entidad a la que represento de ultimar la construcción, así como actos concluyentes que evidencien dicho fin».

Además, «es un hecho notorio, la grave crisis que ha afectado a este sector, que necesariamente tiene la calificación de fuerza mayor. Por el contrario, constan actuaciones por parte de la entidad a la que represento que son inequívocas de su voluntad de llevar a cabo la edificación, como es el propio hecho de haber iniciado la misma, que en la actualidad se encuentra a un nivel de ejecución del 43,02%», recalca el abogado de las dos promotoras.

Sobre lo esgrimido por Aena, explica que «no han cambiado las condiciones de ordenación de la parcela en la cuestión ni las de edificación respecto del vigente PGOU; lo alegado por Aena carece de sentido por cuanto junto a la construcción de la entidad a la que represento existen otras dos de similar altura».