Al cumplirse un año de la entrada en vigor de la normativa municipal que obliga a todos los propietarios de perros a registrarlos con su ADN, casi el 60 por ciento de los perros (un 58,1%) aún carece de dicho registro, según los datos ofrecidos por el Ayuntamiento. Así, en la capital habría en torno a 70.000 perros de los que están registrados con el ADN sólo 29.348.

Por ello, el área de Sostenibilidad Medioambiental ha empezado a enviar una carta a aquellos propietarios de perros que no hayan cumplido aún con su obligación de identificar genéticamente y censar a sus mascotas recordándoles que pueden estar cometiendo una infracción.

En dicha misiva, firmada por el concejal de Sostenibilidad Medioambiental, José del Río, el Consistorio recuerda también que si los perros han fallecido los propietarios tienen la obligación de darlos de baja en el Registro Andaluz de Identificación Animal (RAIA), gestión que deben realizar a través de su veterinario.

El Ayuntamiento aprobó en mayo de 2017 una nueva ordenanza de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de los Animales que estableció, para todos los propietarios de perros, la obligación de llevar a cabo la determinación del perfil genético (ADN) de sus mascotas caninas y la inscripción de dicho perfil en la ficha que, para cada animal, figura ya en el registro municipal de animales de compañía, que gestiona el Colegio Oficial de Veterinarios.

Ordenanza de enero de 2018

Dicha obligación entró en vigor el 1 de enero del pasado año 2018 y desde entonces constituye una infracción leve a la mencionada ordenanza el no cumplir con dicho requisito. Dicha infracción acarrea una sanción de entre 75 y 500 euros. El año pasado, los agentes de la Policía Local de Málaga interpusieron un total de 554 denuncias a propietarios que no han inscrito el perfil de ADN de su perro en el Registro Municipal.

Con esta misiva, el área de Sostenibilidad Medioambiental informa de la obligación legal que le corresponde a los propietarios para, bien comunicar la baja o cambio de propietario a través de un veterinario, si ese es el caso, bien cumplir con dicha obligación de censado genético por ADN llevando a su mascota a su veterinario para la realización de la extracción sanguínea correspondiente, la determinación de su perfil genético y la inscripción en su ficha correspondiente.