El pozo de Totalán donde cayó el pequeño Julen el 13 de enero está en suelo no urbanizable común, lo que implica que, con los permisos correspondientes, hubiera podido hacerse la perforación de manera legal si se hubiese justificado el fin para el que se quería el sondeo.

Fuentes judiciales han indicado a Efe que, cuando un terreno se encuentra en suelo no urbanizable común, se pueden realizar diversas actuaciones compatibles con uso agrícola, ganadero, industrial e incluso turístico, pero siempre que la obra tenga interés público.

Al tratarse de un suelo rústico que no tiene ningún tipo de protección o afectación, ya que no es parque natural ni zona protegida, en la finca de Totalán se podría haber pedido permiso para excavar el pozo -algo que no se hizo- o realizar otra actuación, pero siempre con un informe vinculante favorable.

En este caso, se tendría que haber pedido autorización a la Dirección General de Minas, entidad competente para los permisos para prospecciones en busca de agua.

Un segundo trámite se tendría que haber realizado en la Dirección General de Dominio Público Hidráulico y Calidad de las Aguas en la Demarcación de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, organismo dependiente de la Consejería de Medio Ambiente.

El dueño del terreno, según las primeras pesquisas, no lo tramitó en ningún departamento del Gobierno autonómico, por lo que será el Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga el que tendrá que dirimir si tales hechos son constitutivos de algún tipo de reproche, de tipo penal o administrativo.

Según las investigaciones, tanto el pozo como los movimientos de tierra se realizaron en diciembre, y todo apunta, según han confirmado a Efe las citadas fuentes, a que primero se hizo el pozo y luego se movió la tierra, aunque hay que esperar a los informes finales.

Entre las irregularidades que se están investigando está el hecho de que tanto el pocero como la persona que hizo los movimientos de tierra tendrían que haber pedido al dueño de la finca la licencia para tales actuaciones, lo que no les exime de responsabilidad.

El Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga también tendrá que determinar si existe alguna irregularidad en la actuación del pocero y de la persona que hizo el movimiento de tierra.

A partir de ahora, este juzgado será el encargado de recabar toda la información y de pedir a las administraciones públicas y privadas que hayan participado informes sobre sus actuaciones.

Los agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil, la Policía Judicial, la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Totalán, Emergencias 112, Protección Civil y Bomberos, entre otros, son algunos de los organismos que tendrán que presentar por escrito sus informes al instructor.

Otro punto por despejar en la instrucción es por qué el niño tenía encima un tapón de tierra que no se pudo succionar para rescatarlo, la primera opción que intentaron los técnicos antes de acometer el túnel vertical paralelo al pozo para después acceder a él a través de una galería horizontal.