Los contratos que el Ayuntamiento de la capital malagueña tiene firmados con expresas privadas para la prestación de un servicio público están en una situación de incertidumbre respecto a su mantenimiento.

El problema radica en que estas empresas deben aplicar por ley la subida de un 20% del salario mínimo interprofesional (SMI), lo que les supone un incremento sorpresivo de sus gastos salariales. Las firmas afectadas ya han comenzado a manifestar a los responsables municipales que esa subida pone en peligro, no sólo la prestación del servicio, sino a la propia empresa y están reclamando una revisión al alza de los contratos para poder continuar con los mismos o, de lo contrario, tendrían que desistir pues pondrían en riesgo su equilibrio económico financiero.

Pero la ley de contratos del Estado, tal como explicaron ayer el concejal de Economía, Carlos Conde, y el interventor, Fermín Vallecillo, es clara y señala que no se puede modificar un contrato de servicio porque hayan cambiado las condiciones laborales, pues en estos contratos el adjudicatario debe asumir el principio de riesgo y ventura.

En este sentido, la Junta Consultiva de Contratación Pública, un organismo de asesoramiento y consulta del Ministerio de Economía, indica en un informe fechado en diciembre pasado que no es de aplicación la modificación de los contratos en estos casos, es decir por aplicación de cambios salariales.

Este asunto se planteó ayer en la comisión de Economía a raíz de la moción del PSOE reclamando que el Ayuntamiento aplique la subida del Salario Mínimo Interprofesional a las plantillas de las empresas externas que están contratadas por el Ayuntamiento para prestar un servicio.

Consulta

Dado que el equipo de gobierno apuesta por que se aplique la subida del SMI en todas las empresas concesionarias, pero sin que ello cause un perjuicio al Ayuntamiento, que corre el riesgo de que una empresa le deje tirado, la solución temporal acordada pasa por realizar una nueva consulta, más concreta y directa, a la Junta Consultiva de Contratación, para que ésta permita la revisión al alza de los contratos al tratarse de una modificación salarial que viene impuesta por ley de manera imperativa y de improviso.

Además, el Consistorio estudiará todas las posibilidades jurídicas «para la aplicación lo antes posible de la actualización de los contratos», de manera que se le permita hacer un cambio sustancial del mismo, entendiendo que la subida del SMI «supone un cambio sustancial y como tal desvirtúa el contrato original», según argumentó el concejal de Hacienda.

Esta situación se refiere a los contratos de servicio, que tiene n una duración de entre dos y cuatro años, no así, según explicó Conde, a los contratos de prestación de servicio que se adjudican por plazos más largos de años y donde la actualización del SMI no tiene repercusión grave en las empresas adjudicatarias.