La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de Menores número 1 que impuso a un menor las medidas de un año de internamiento cerrado, revisable a los seis meses, y dos años y medio de libertad vigilada por un delito de agresión sexual, al entender probado que abusó de otro en julio de 2017 en Málaga capital.

La víctima, que presenta una discapacidad intelectual, denunció en 2017 haber sufrido abusos sexuales por parte de otro de su misma edad, 14 años entonces, en una piscina abandonada de la capital. El juicio se celebró en dicho juzgado en noviembre del pasado año 2018.

El juzgado dictó una sentencia declarando la responsabilidad del menor, al que, además de dichas penas, le impuso un curso afectivo-sexual e indemnizar con 3.000 euros a la víctima. La sentencia fue recurrida por la defensa, al entender "desproporcionada" las medidas, y por la acusación particular, en representación de la familia de la víctima, que pidió su elevación, al considerarla "insuficiente".

Ahora, la Sala desestima los recursos presentados y señala que no se puede hacer una nueva valoración de la prueba, apuntando, no obstante, que las manifestaciones de la víctima les resultan "muy creíbles y reforzadas con datos periféricos". Así, los magistrados indican que comparte la interpretación realizada en primera instancia por el magistrado.

En cuanto a la determinación de las medidas impuestas al menor, en la sentencia de la Audiencia provincial, a la que ha tenido acceso Europa Press, se señala que el juez tuvo en cuenta para ello las circunstancias personales, familiares y sociales del mismo, y se apunta que comparte esos criterios y motivaciones utilizados a la hora de establecer dichas medidas.

Según la primera sentencia, ahora confirmada, el denunciado abusó de la víctima, diciéndole que si no hacía lo que le pedía "mataba a su familia", por lo que este accedió "al encontrase atemorizado". Asimismo, manifestaba que intentó realizar otros actos también de carácter sexual al menor, los cuales no logró debido a que este se opuso.

Según señaló el magistrado en la primera resolución, la víctima mantuvo su relato "sin incurrir en ambigüedades ni contradicciones", además de considerar que su versión viene corroborada por los testimonios de varias personas y por un informe psicológico del que se extrae su "incapacidad" para mantener unos hechos que no fueran ciertos, descartando una acusación falsa.

Los abogados de la familia del denunciante, Ignacio Francés y Francisco Redondo, han mostrado su sorpresa por que "en un delito de agresión sexual a un menor con una discapacidad se aplique una pena de un año de internamiento que nos parece poco dura", asegurando entender que sus clientes "no quieran seguir peleando en esta causa porque no se puede vivir con un dolor tan grande".