Cada vez es más común ver aceras plagadas de patinetes eléctricos en las ciudades. Desde la Dirección General de Tráfico están a la espera de que finalice el verano para aprobar el real decreto ley que será la respuesta a las peticiones de los ayuntamientos para que exista una cobertura jurídica y una cierta uniformidad en las regulaciones municipales acerca de su uso. Este decreto ley dotará a los patinetes motorizados de personalidad jurídica de vehículo, lo que implica que los conductores deberán seguir la normativa legal.

- Todos los conductores tendrán que pasar un control de alcoholemia y drogas, al igual que el resto de conductores de otros vehículos.

- Estará prohibido conducir con auriculares o el uso del teléfono móvil.

- No se podrá circular por las aceras, con el objetivo de evitar atropellos a peatones. Los patinetes deberán circular por el carril bici. Solo en caso de no estar disponible el carril correspondiente, el patinete podrá circular por la acera o por ciertos espacios reservados por el ayuntamiento para su circulación con patinetes.

- A los conductores se les exigirá un certificado de circulación con las características del vehículo.

- La velocidad no podrá superar los 25km por hora.

- Todos los patinetes deberán llevar un código QR para que los agentes de la policía puedan verificar el cumplimiento de la normativa con respecto a la velocidad y evitar los patinetes trucados.