El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Málaga ha desestimado el acogimiento temporal que tenían unos abuelos de sus nietos al entender la jueza que los menores tienen unas necesidades especiales debido a un retraso madurativo y sus familiares desconocen sus necesidades.

La magistrada considera que los abuelos han demostrado incapacidad para el cuidado de los menores que tenían en acogimiento temporal desde 2017, pese a que reconoce «la vinculación afectiva».

La medida ha sido adoptada por la jueza al considerar que, pese a la vinculación afectiva, no están siendo atendidas las necesidades especiales de los menores, que presentan un retraso madurativo importante.