La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha informado este miércoles de que en Andalucía se han recibido ya 79.664 solicitudes de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) motivados por el Covid-19, con un aumento del 35% en relación a los datos del pasado lunes (58.812). En lo que va de semana se han presentado así más de 20.000 nuevas peticiones.

La provincia de Málaga acumula por el momento 19.802 solicitudes, lo que la sitúa a la cabeza de Andalucía, con una cuarta parte del total de peticiones en la comunidad, Las cifras de la provincia malagueña, con más de 8.600 nuevas peticiones desde el lunes, han crecido un 78% sobre las últimas conocidas (11.210)

Por provincias, y tras Málaga, se sitúa Sevilla (18.111), Cádiz (11.500), Córdoba (8.500), Granada (6.900), Almería (5.819), Jaén (4.804) y Huelva (4.228).

Aunque la Junta no ha estimado en esta ocasión datos de trabajadores afectados, fuentes sindicales calculaban ayer martes que, según sus propios datos, los 15.200 ERTE presentados hasta ese momento en provincia de Málaga, sumaban unos 80.300 empleados incluidos en los mismos. Así, la nueva cifra oficial dada ahora por el Gobierno andaluz tendría que estar, en buena lógica, por encima de esa cantidad.

Cabe recordar que la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha redefinido los procedimientos para simplificar al máximo la presentación, a través de una plataforma on line, de las solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo.

Las solicitudes se cumplimentan en un formulario tipo que se puede presentar con o sin certificado digital. La documentación que es necesaria adjuntar queda recogida en una guía accesible desde la web, y consiste en documentación que acredite la actividad de la empresa, inscripción a la Seguridad Social del Código de Cuenta de Cotización (CCC) de los trabajadores afectados, memoria justificativa de la causa alegada, copia de la comunicación a la representación de trabajadores, relación nominal de todos los trabajadores afectados, y acreditación de la Autoridad Sanitaria.

Una vez admitida la solicitud que se presente por esta vía, la Autoridad Laboral puede pedir informe a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que se emite en el plazo de cinco días. El silencio administrativo es positivo.