El aeropuerto y el puerto de Málaga han sido abiertos por el Gobierno de España para el tráfico de transportes especiales, según se recoge en una medida publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En ambos casos, tanto en el del aeropuerto como en el del puerto de la capital malagueña, se trata de algunos de los contados recintos designados por el Gobierno de España para que funcionen ostentando la categoría de 'Puntos de Entrada con capacidad de atención a Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional'. De este modo, el Ejecutivo nacional ha limitado, siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias, los puntos de entrada en España a un total de 13 recintos, contando a los aeropuertos y puertos seleccionados.

En el caso del aeropuerto malagueño, es uno los de cinco que han sido capacitados para ello. Los recintos aeroportuarios Adolfo Suarez Madrid-Barajas, Josep Tarradellas Barcelona-El Prat y los de Gran Canaria y Palma de Mallorca completan esta nómina.

Respecto al puerto malagueño, se corresponde con uno de los ocho recintos portuarios españoles a los que se le concede este funcionamiento en el Boletín Oficial del Estado. Los de Barcelona, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Palma de Mallorca, Tenerife, Valencia y Vigo también figuran junto al de la capital malagueña entre aquellos que han sido elegidos.

En la resolución del Gobierno español, se especifica que -en el marco de la transición iniciada por el país hacia una nueva normalidad y de las medidas tomadas en materia de movilidad- la orden de limitar el transporte a estos puntos se aplicará a «los siguientes medios de transporte que lleguen a territorio nacional: a vuelos de pasajeros con origen en cualquier aeropuerto situado fuera del territorio español, a buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea regular con origen en cualquier puerto situado fuera de territorio español y con pasajeros que no sean los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada». La designación de aeropuertos y puertos se ha basado «en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de marzo de 2014 que se realizó a partir de la evaluación de las capacidades básicas en el conjunto de aeropuertos y puertos de interés general de los servicios de sanidad exterior».

«En el contexto actual, el Ministerio de Sanidad entiende que son los mismos puertos y aeropuertos los que cuentan con los medios necesarios por parte de los servicios de sanidad exterior para atender las necesidades derivadas de las medidas excepcionales de contención y preventivas a implementar por dichos servicios en el transporte de pasajeros para impedir la propagación del coronavirus y detener la progresión de la enfermedad COVID-19», se añade en la resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.